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Condena a Wizink: tendrá que devolver 24.000 euros

El cliente, que estaba atrapado en una deuda permanente, ha sido defendido por el despacho de Alonso Hiecke Abogados

Por Redacción
20/11/2021 - 09:15
wizink
Imagen cedida
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Un Juzgado de Ceuta ha dictado sentencia condenatoria contra Wizink que tendrá que devolver 24.000 euros y cancelar la deuda pendiente que sobrepasaba los 12.000 euros.

El cliente, atrapado en una deuda que parecía parecía perpetua, contactó con Alonso Hiecke Abogados que ha llevado este caso.

El letrado Carlos Alonso-Hiecke interpuso demanda contra la entidad financiera solicitando la nulidad del contrato tanto por ser usurario, es decir, por tener un tipo de interés totalmente desproporcionado, así como por falta de transparencia. Ese tipo de contratos suele contener condiciones bastante oscuras que, en la práctica, hace prácticamente imposible pagar la deuda. De hecho, este cliente venía arrastrando la deuda desde el año 1998, es decir, desde hace más de veinte años, y lo que es peor, que dicha deuda, conforme a dichas condiciones, iba a pasar a sus herederos.

Son numerosísimas las sentencias favorables a los clientes obtenidas por este despacho que ha obtenido sentencias estimatorias contra tarjetas y préstamos abusivos de multitud de entidades, no solo Wizink, encontrándose con casos de intereses remuneratorios superiores al 4.000% TAE anual.

De todos los préstamos abusivos, los más sencillos de detectar son aquellos en los que se paga una cuota fija y la deuda nunca baja, así como aquellos en los que el plazo parece extenderse hasta el infinito. Por ejemplo, un cliente hizo un único gasto de 1.200 euros y llegó a pagar casi 4.000 sin haber terminado de pagar la deuda. Otro caso sangrante fue el de un cliente que tras 15 años pagando religiosamente, debía más dinero que el que le prestaron.

Actualmente el criterio mayoritario de los jueces es declarar nulos los préstamos con un tipo de interés superior al 20%, para el caso de las tarjetas revolving. En esos casos, la condena es prácticamente automática, condenando al prestamista a devolver todo el dinero pagado que exceda el capital prestado, sin aplicar intereses ningunos, ni comisiones, seguros y otros gastos.

Los consumidores españoles se benefician de tener el régimen de protección a consumidores más proteccionista del mundo, así como el más antiguo. De hecho, la práctica totalidad de las sentencias se basan en la Ley de Represión de la Usura, también conocida como Ley Azcárate, de 1908.

No obstante, no solo los contratos de préstamo o de tarjetas con intereses excesivamente altos pueden ser anulados. De hecho, es posible que un contrato con un tipo de interés relativamente bajo también sea abusivo, no por el tipo de interés, sino por las condiciones. Puede tener cláusulas que hagan que la deuda no se pague nunca, porque la cuota mensual va dirigida a pagar primero los seguros, después gastos y comisiones, posteriormente los intereses y finalmente el capital. En definitiva y en la práctica apenas se paga nada del capital prestado.

Etiquetas: BancosJuiciosJuzgados

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Comentarios 1

  1. Guamedo comentó:
    hace 5 años

    Menudos sinvergüenzas eran estos. Te colaban en letra pequeñísima que todas las compras de tarjeta se pagaban a plazos. Te pasaban una cantidad pequeña mensual y el resto se iba acumulando sin darte cuenta.

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