Mientras Fiscalía y la Acusación Particular, que aboga por el lanzamiento en caso de condena, creen que hay delito de usurpación.
Un matrimonio se sentó ayer en el banquillo de los acusados para responder por un cargo penal traducido en un delito de usurpación de inmueble, dentro de un juicio celebrado en la Sala de lo Penal número Dos que acabó visto para sentencia y que dejó sobre el alero tres peticiones, las concernientes al Ministerio Fiscal, a la Acusación Particular y la Defensa, quedando de manera respectiva de la siguiente manera: multa de 2,250 euros por parte del Ministerio Público; tres mil euros, otros diez mil de responsabilidad civil y el desalojo en caso de condena por parte de la Acusación Particular; y la libre absolución por parte de la parte defensora.
De tal manera, y mientras el magistrado juez titular del mencionado órgano de lo Penal dicte sentencia en un término u otro, es decir elevando condena o absolución para los encausados, cabe destacar que se trata de un asunto que llegó a la vía judicial toda vez que la denunciante, familiar del acusado, estimara que éste, junto a su mujer y a los cinco hijos menores, se instalaron en una casa familiar –sita en calle Peligro– sin consentimiento y perdurando en la misma pese a las insistentes advertencias de que la abandonara. Este punto, por su parte, fue negado por ambos acusados, quienes asimismo argumentaron problemas económicos, extremo que a su vez fue puesto en duda por el Ministerio Fiscal y la Acusación Particular, que señalaron que el acusado tiene un sueldo fijo y superior a los 1.600 euros, cantidad que le podría posibilitar el alquiler de una casa.
El TC y los ‘okupas’
Respecto al papel de los ‘okupas’, cabe destacar al respecto que el Tribunal Constitucional insta a que haya notificaciones por edictos de abandono de la casa ‘okupada’, sí, pero mediante un aviso previo que venga con la firma del juzgado que corresponda. De tal manera, ha obrado el Tribunal Constitucional, alto organismo que ha hecho pública una sentencia firmada en diciembre de 2014 y por la que ordena repetir el proceso de desahucio de una familia residente en una finca rústica debido a que el Juzgado procedió a su desalojo sin haberles comunicado antes el procedimiento abierto en su contra, hecho que pudiera, de algún modo, redundar en el presente caso.