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Una batalla más ganada a la cláusula suelo

Por Silvia Perdiguero
25/07/2016 - 05:24

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El Juzgado número 3 condena al banco a devolver lo cobrado desde 2013.

El Juzgado de Instrucción número 3 de nuestra ciudad ha dictado una sentencia favorable a un ciudadano ceutí que firmó su hipoteca que contenía una cláusula suelo. El contrato hipotecario fue firmado en 2006, pero el juez ha ordenado la devolución de las cantidades cobradas de más desde mayo de 2013, fecha fijada para la devolución por el Tribunal Supremo. También condena al pago de las costas procesales a la entidad bancaria. Se trata de una sentencia ganada más a las cláusulas suelo hipotecarias que consigue el bufete del abogado ceutí Carlos Alonso, Alonso & Hiecke.
Además, en la cantidad a devolver, que no detalla la sentencia a la que ha tenido acceso El Faro, se sumarán los intereses legales desde la fecha de la presentación de la demanda, “con un aumento de dos puntos desde la fecha de esta sentencia”.  También, el juez declara “la nulidad del interés de demora del 18% fijado en la cláusula financiera sexta del contrato y lo sitúo en el remuneratorio aumentado en dos puntos porcentuales”.
Aunque la sentencia es favorable al demandante, la representación legal de la entidad bancaria puede interponer recurso de apelación que sería resuelto, en este caso, por la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta.
En este caso en concreto, la cláusula suelo se recogía en un punto del contrato hipotecario que establecía el límite a las revisiones del tipo de interés de un mínimo aplicable de un 3,75% y cuyo contenido literal es, “en ningún caso el tipo nominal anual resultante pueda ser inferior al 3,75%”.

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