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La última justicia tras el crimen del cabo Dris Amar: ya hay sentencia

La Audiencia condena a 22 años y medio de prisión a 'Popis' y 'Castaña'; a 11 años, 3 meses y 2 días, a 'Colombo'; y a 1 año, 11 meses y 22 días a 'Monito'

Por Carmen Echarri
02/10/2025 - 07:34
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Imágenes de archivo

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Ya hay sentencia. Un Jurado declaró culpables el pasado 17 de septiembre a los apodados ‘Popis’, ‘Colombo’, ‘Monito’ y ‘Castaña’ tras el crimen del cabo de Regulares número 54 de Ceuta, Dris Amar.

Ahora, el magistrado de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en nuestra ciudad ha dictado la resolución judicial, recogiendo en años la pena que debe cumplir cada uno de los implicados, de acuerdo con el rol que desempeñó.

Así, se ha cumplido lo que solicitaba la Fiscalía y la Acusación Particular. Tal y como se recoge en la sentencia a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro, en el caso de los llamados ‘Popis’ y ‘Castaña’, señalados como los ejecutores del crimen, la Audiencia les impone 22 años y medio de cárcel.

Todo ello por dos delitos: uno consumado de homicidio, concurriendo el subtipo cualificado de haberse cometido en el seno de la actividad de una organización criminal y la agravante de disfraz y abuso de superioridad, y otro de tenencia ilícita de armas. Por el primero son 20 años de cárcel y por el segundo, dos y medio.

A esto se añaden las órdenes de prohibición de comunicación con familiares del cabo Dris durante 30 años, y el destierro de Ceuta otros 30.

El apodado Colombo ha sido condenado a 11 años, 3 meses y 2 días de cárcel por ser cómplice de ese crimen. De igual manera se contempla en su condena 30 años de alejamiento de la familia del cabo Dris y 21 años y 3 meses de destierro.

En el caso de ‘Monito’, la Audiencia lo condena como autor de un delito de encubrimiento a 1 año, 11 meses y 22 días de prisión. A esa condena en años de cárcel para todos, se suman las indemnizaciones que deberán afrontar.

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Los hechos probados en base al veredicto

En base al veredicto anunciado por el Tribunal de Jurado, la Audiencia considera probado que ‘Popis’ y ‘Castaña’ acudieron en la madrugada del 10 de octubre de 2022 a un garaje del antiguo Poblado Legionario para acabar con la vida del cabo Dris.

Le dispararon utilizando varias pistolas, entre las que estaba una Glock modelo 17 que fue la única que pudo recuperar la Policía.

‘Colombo’ les ayudó a que se diera muerte al militar, facilitando el acceso al garaje para lograr la huida ante la llegada de los policías nacionales adscritos a la UDYCO que intentaron por todos los medios salvar a Dris Amar.

Los tres formaban parte de una banda que se había creado para perdurar en el tiempo y con la finalidad de llevar a cabo actos contra la vida, distribuir drogas, traslado de inmigrantes y atemorizar a la población efectuando disparos. Eran conocidos como el ‘cartel del Ángulo’.

Los tres llevaron a cabo distintos actos para matar al cabo Dris. Aprovecharon que estaba solo y desarmado en el garaje para atacarle. Además, usaron prendas para ocultarse.

‘Monito’, conocedor de los disparos contra el cabo, acudió al exterior del garaje para realizar labores de vigilancia.

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Las declaraciones de los agentes de la UDYCO y el reconocimiento

Para el Jurado fue clave la confesión de los acusados, pero también las declaraciones ofrecidas en la vista oral celebrada en septiembre por dos agentes de la UDYCO, uno de ellos el responsable de una investigación en la que se pudo concluir, por ejemplo, que la pistola usada para el crimen se vio implicada en otros sucesos tras los que estaría esta banda.

Sus manifestaciones como testigos “no sólo giraron en el mismo sentido que las de los acusados en aquello sobre lo que se les preguntó, relativo a cómo se habría dado muerte a Dris Amar Mohamed y las circunstancias que lo rodearon”, explica el magistrado ponente, Emilio Martín Salinas en su resolución.

“Ahondaron también en todo lo que respecta a sus relaciones con otras personas, las actuaciones de tipo fundamentalmente violento que habrían venido realizando desde hacía años entre todos ellos de forma concertada, la estratificación de todas ellas en diversos escalones, actuando unos como directores y otros como meros ejecutores de las órdenes, y la utilización de una de las armas que se habría empleado para matar a Dris Amar en otras actuaciones similares”.

Antes de ese crimen, existía un entramado de más de dos personas creado con la voluntad de perdurar en el tiempo y que operaba con una distribución de funciones entre sus miembros con la finalidad de cometer, entre otros, actos atentatorios contra vida ajena, como sería el delito de homicidio.

En esa organización criminal estaban integrados ‘Popis’, ‘Castaña’ y ‘Colombo’.

Con esta sentencia se pone el punto y final en el ámbito judicial de Ceuta a este cruel suceso que terminó con la vida de una persona muy querida en el ámbito castrense en general y en su unidad, la de Regulares, en particular.

De hecho, le hicieron varios homenajes en recuerdo a su figura y la propia ministra de Defensa, Margarita Robles, quiso conversar con sus familiares para trasladarles el pésame y estar a su lado.

Tags: AsesinatosAudiencia ProvincialFiscalíaJuiciosPolicía NacionalRegulares

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