El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dado razón a una policía nacional destinada en Ceuta tras ser sancionada por no pasar en la ciudad una baja por enfermedad.
La Dirección General de la Policía sancionó a esta agente durante 15 días de suspensión de funciones por una falta grave. Se basó en que la agente estaba adscrita a la Jefatura de Ceuta estuvo de baja para el servicio residiendo en Sevilla desde el 8 de agosto de 2020 hasta el final de su convalecencia en abril de 2021 “sin la correspondiente autorización de residencia por convalecencia en localidad distinta a la de destino, pese a existir la obligación legal de residir en Ceuta”.
La decisión fue recurrida por los servicios jurídicos de la Confederación Española de Policía (CEP) y que finalmente ha contado con el respaldo de la Justicia. Este periódico ha tenido acceso a esa sentencia y en el que se declara que “hemos de tomar en consideración el que la actora (la policía) solicitó en varias ocasiones se le concediera autorización para residir en Sevilla, sin que conste que por parte de la Administración se resolvieran o le fueran notificadas las resoluciones a dichas denegaciones”.
“Y ello porque la Administración parte de la base de considerara exclusivamente como hechos a tomar en consideración el que la actora ha estado residiendo en Sevilla desde el 8 de agosto de 2020 hasta el final de su convalecencia en abril de 2021, sin la correspondiente autorización de residencia por convalecencia en localidad distinta a la de destino, pero sin tomar en consideración, a los efectos de valorar la culpabilidad de la misma, lo sucedido con anterioridad”, señala el auto dejando a las claras que la Administración hizo caso omiso a la solicitud presentada por la policía nacional.
En ese sentido, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla concluye la resolución señalando que “existen serias dudas acerca del actuar culpable de la actora, lo que nos conduce a la estimación del recurso”.
Este auto ha sido celebrado por la CEP, que considera que fue “injusto” la medida que fue tomada hacia su compañera. “Se ha acreditado que quien cometió un error no fue ella sino la Jefatura Superior de Policía de Ceuta”, señala el sindicato.
“Todo ello en relación con un permiso que primero pidió y no le respondieron. Que luego reiteró y sí le respondieron. Y que volvió a solicitar y ni siquiera le comunicaron si se estimaba o no, pese a haberse resuelto por el órgano correspondiente en sentido desfavorable. Un despropósito”, se reitera el sindicato sobre la actitud de la Jefatura de nuestra ciudad.
“El régimen disciplinario de una Jefatura debe estar a la altura, no puede meter una falta grave y originar un gasto para que terminen dándonos la razón. Tienen que ser muy cautos a la hora de meter una falta y más si es grave”, critica Eduardo García, secretario Regional de Relaciones Andalucía Occidental y Ceuta y de la ciudad.
Hay algo que se ha saltado el TSJA y es la Residencia porque como comenta HARTO DE AGUANTAR los pluses de residencia no se lo han descontado los días que ha estado sin vivir en Ceuta donde el IRPF es inferior a la península.
Otra cosa es que la Jefatura de Policía de Ceuta incurriera en falta de contestación al escrito de la policía Nacional cuando solicito su residencia en Sevilla por baja médica.
Pues muy bien. De erian descontarle del sueldo todas las ventajas económicas de esos 9 meses en las que, estando obligada a estar en Ceuta, se fue fuera. La paga de estar en Ceuta, es por algo