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El Tribunal de Cuentas recomienda a la Ciudad no sobrepasar las horas extra de los trabajadores

El órgano fiscalizador ha emitido su informe del ejercicio 2020 en el que ofrece una serie de recomendaciones al Ejecutivo local

El informe de fiscalización de la Cuenta General de la Ciudad Autónoma de Ceuta del ejercicio 2020 pone de manifiesto que el Ejecutivo local debe "evitar sobrepasar el número de horas extraordinarias anuales por persona de acuerdo con el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores y el apartado VIII.9 del acuerdo regulador y convenio colectivo de funcionarios y personal laboral de la Ciudad".

"Se ha atribuido a 108 empleados un total de 853 miles de euros por horas extraordinarias habiéndose sobrepasado el límite de 80 horas anuales por persona. El 22% de las retribuciones abonadas por horas extraordinarias han sobrepasado en 2020 los límites de 80 horas anuales por persona". Así lo advierte el Tribunal de Cuentas (TC) en su informe publicado este lunes, 23 de diciembre, en el Boletín Oficial del Estado.

Asimismo, el Tribunal de Cuentas insta a la Intervención General y al Servicio de Patrimonio de la Consejería de Hacienda a que "se realicen, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan, recuentos físicos y valoraciones de los bienes de inmovilizado con el objeto de que el inventario y los saldos contables incluyan todos los activos del inmovilizado de forma que reflejen la imagen fiel del patrimonio de la Ciudad".

Además, se solicita a la Intervención General y al Servicio de Patrimonio de la Consejería de Hacienda que se efectúe una revisión sistemática de las inversiones en infraestructura que, a través de encomiendas de gestión, ha ido encargando la Administración General a sus sociedades dependientes para, posteriormente, regularizar la situación contable de estos activos y darlas de alta en sus estados contables".

Provisión de deudores

Asimismo, recomiendan elaborar un registro valorado "con todas las aportaciones patrimoniales derivadas de las cesiones y adscripciones de bienes recibidas y entregadas por la Ciudad a sus entidades dependientes, que sirva de base para el adecuado registro de dichas aportaciones como un activo financiero".

Por otro lado, el Tribunal de Cuentas pide a la Intervención General que se ajuste la provisión de deudores de dudoso cobro a las series históricas de los cobros realizados de las deudas, al tiempo que solicitan que "se regulen mecanismos de revisión, control, intercambio y cruce periódico de información de los estados contables de la Administración General de la Ciudad".

Base de datos de litigios y reclamaciones

La recomendación sexta es para la Secretaría General y los Servicios Jurídicos de la Ciudad para que elaboren una base de datos "con los litigios, reclamaciones, procedimientos administrativos o jurisdiccionales de cualquier clase en los que es parte la Ciudad y que pudiesen suponer obligaciones económicas para ella". Esta información, indican, debería utilizarse para "determinar las provisiones de riesgos y gastos e informar en la memoria de las cuentas anuales de los pasivos contingentes existentes en cada ejercicio".

"Instar a la Consejería de Hacienda de la Ciudad Autónoma de Ceuta a realizar los cambios orgánicos precisos para separar las funciones de contabilidad y control de la gestión económico-financiera, así como a elaborar unos manuales de procedimiento y unas normas de organización y funcionamiento de la Intervención General de la Ciudad", es otra de las propuestas del TIC.

En otro orden de cosas, instan a la Presidencia de la Ciudad a efectuar una convocatoria pública para cubrir las plazas de intervención y secretaria de la ciudad, con puestos de funcionarios con habilitación estatal.

Otras recomendaciones

  • Actualizar el portal de transparencia de la ciudad evitando así carencias y omisiones de información.
  • Agilizar la liquidación y extinción del Patronato de Viviendas San Daniel, sin actividad desde 1993.
  • Evitar sobrepasar el número de horas extraordinarias anuales por persona de acuerdo con el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores y el apartado VIII.9 del acuerdo regulador y convenio colectivo de funcionarios y personal laboral de la Ciudad de Ceuta.
  • Realizar recuentos físicos y valoraciones de los bienes de inmovilizado con el fin de reflejar la imagen fiel del patrimonio.
  • Facilitar la conciliación de saldos y registro contable de las entidades dependientes de la Administración general.
  • Completar las memorias de la Cuenta General.
  • Incorporar todos los estados consolidados que deban formar parte de la Cuenta General.
  • Adaptar su información contable al Plan General de Contabilidad Pública adaptado a la Administración local.

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