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Inmigrantes en el Puerto: Primero lo que dice la Ley aunque resulte aburrido

Esta primera parte probablemente aburrirá a muchos lectores. Lo siento, pero es necesaria. Antes de exigir responsabilidades hay que explicar por qué una decisión adoptada bajo la cobertura de un Real Decreto no queda, por ese solo hecho, convertida en una decisión acertada, segura ni jurídicamente incuestionable.

El Real Decreto 706/2026, de 1 de septiembre, ha sido utilizado para incorporar dos parcelas de la ampliación de Poniente del Puerto de Ceuta entre los espacios susceptibles de ser utilizados para atender la actual situación. El Gobierno se ha proporcionado así una habilitación específica que pretende amparar su decisión.

Pero un Real Decreto no hace desaparecer el resto del ordenamiento jurídico.

Y mucho menos puede hacer desaparecer las obligaciones de seguridad que pesan sobre un puerto.

La primera cuestión es la idoneidad. El propio marco excepcional establecido por el Gobierno exige que los recursos utilizados sean necesarios, idóneos, proporcionados, eficientes y temporales. Por tanto, no basta con señalar sobre un plano dos parcelas del Puerto de Ceuta y afirmar que pueden utilizarse. Hay que justificar por qué esas parcelas son idóneas y, sobre todo, por qué resultan más idóneas que otros espacios disponibles que no afectan a una infraestructura estratégica.

¿Dónde está ese informe?

La segunda cuestión es la seguridad. El Puerto de Ceuta no es un solar vacío. Es una infraestructura sometida a un régimen específico de protección. El Reglamento (CE) n.º 725/2004 incorpora al Derecho de la Unión Europea las exigencias de protección marítima derivadas del Código PBIP/ISPS. A ello se suma la Directiva 2005/65/CE sobre mejora de la protección de los puertos.

Todo este sistema se basa precisamente en evaluar riesgos, controlar accesos, establecer zonas restringidas, proteger instalaciones sensibles y disponer de planes capaces de responder ante incidentes.

"No basta con señalar sobre un plano dos parcelas del Puerto de Ceuta y afirmar que pueden utilizarse. Hay que justificar por qué esas parcelas son idóneas..."

Por ello la pregunta resulta inevitable:

¿Se ha evaluado qué supone introducir y mantener aproximadamente a un millar de personas dentro del recinto portuario?

¿Se ha revisado la evaluación de protección?

¿Se ha comprobado su incidencia sobre el Plan de Protección del Puerto?

¿Se han estudiado accesos, evacuaciones, emergencias, circulación de vehículos pesados, mercancías peligrosas y compatibilidad con las restantes actividades portuarias?

¿Quién ha firmado esos informes?

Y, si existen, ¿por qué no se hacen públicos?

La tercera cuestión afecta directamente a la Ley de Puertos.

El Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante establece que en el dominio público portuario únicamente pueden desarrollarse actividades, instalaciones y construcciones acordes con los usos portuarios y aquellos complementarios o auxiliares legalmente admitidos.

Un campamento destinado a alojar durante meses a alrededor de mil personas difícilmente puede calificarse como actividad portuaria.

El Real Decreto podrá proporcionar una habilitación extraordinaria para disponer temporalmente de determinados terrenos. Lo que debe explicarse es cómo se compatibiliza esa decisión excepcional con el régimen especial del dominio público portuario y, especialmente, con las obligaciones de protección que continúan vigentes.

"Un campamento destinado a alojar durante meses a alrededor de mil personas difícilmente puede calificarse como actividad portuaria"

Porque el Real Decreto 706/2026 no deroga la Ley de Puertos.

Tampoco deroga el Reglamento (CE) 725/2004.

Ni suspende el Código PBIP.

Ni convierte la seguridad portuaria en una cuestión secundaria.

Existe además una cuarta cuestión: la proporcionalidad. Si existen otros espacios capaces de cumplir la misma función sin introducir una nueva concentración humana dentro de una infraestructura estratégica, alguien tendrá que explicar por qué se ha elegido precisamente el Puerto.

Y existe una quinta: la coordinación. El Gobierno habla de coordinación con Ceuta. Sin embargo, la Ciudad se opone y el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria ha rechazado el emplazamiento.

Entonces convendría que alguien explicara qué entiende el Gobierno por «coordinación». Porque imponer no es coordinar.

Finalmente existe una cuestión que resulta especialmente llamativa.

Disponemos de instrumentos jurídicos para actuar sobre quienes han entrado irregularmente. Existe legislación nacional y europea; existen precedentes europeos recientes ante situaciones de presión fronteriza y existe jurisprudencia española sobre determinadas entradas a nado.

Sin embargo, en lugar de concentrar todos los esfuerzos políticos, administrativos y diplomáticos en resolver el problema en su origen y aplicar los instrumentos jurídicos disponibles, se modifica con extraordinaria rapidez un Real Decreto para disponer de terrenos del Puerto contra el parecer de las instituciones ceutíes y portuarias afectadas.

"El Gobierno habla de coordinación con Ceuta. Sin embargo, la Ciudad se opone y el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria ha rechazado el emplazamiento"

Por eso no basta con decir: «tenemos competencia».

Hay que responder a algo bastante más importante:

¿Es legal cada actuación concreta? ¿Es necesaria? ¿Es idónea? ¿Es proporcionada? Y, sobre todo, es segura?

Hasta aquí el Derecho. Ahora hablemos claro, ahora toca hablar de responsabilidades.

Ceuta no necesita más improvisaciones. No necesita que desde un despacho situado a cientos de kilómetros alguien decida dónde acumular el problema para que deje de verse.

Ceuta necesita que el problema se resuelva.

Y eso es precisamente lo que los ciudadanos tenemos derecho a exigir de nuestras autoridades.

Al presidente de la Ciudad ya no le pedimos más declaraciones, protestas ni muestras públicas de indignación. De eso hemos tenido suficiente. Protestar no es gobernar y denunciar políticamente un problema no equivale a combatirlo con los instrumentos que proporciona el Estado de Derecho. Ha llegado el momento de pasar de las palabras a los hechos.

Si considera que las decisiones adoptadas perjudican los intereses de Ceuta, que actúe jurídicamente contra ellas. Si entiende que alguna actuación vulnera la legalidad, que la denuncie. Si existen motivos para solicitar medidas cautelares, que las solicite. Si faltan informes de seguridad, idoneidad o protección portuaria, que los requiera formalmente. Y si el Gobierno está aplicando una política equivocada, que no se limite a decirnos lo que no debe hacerse: que presente alternativas concretas, jurídicamente viables y capaces de resolver el problema.

Eso es lo que esperamos de quien gobierna.

Menos declaraciones y más actuaciones. Menos indignación institucional y más recursos, requerimientos, denuncias y propuestas de solución.

Porque los ciudadanos no necesitamos que nuestro presidente nos explique una y otra vez que está en desacuerdo con Madrid. Necesitamos saber qué ha hecho para impedir aquello con lo que dice estar en desacuerdo y qué solución propone en su lugar.

Al Ayuntamiento y a sus servicios técnicos les corresponde comprobar rigurosamente que cualquier actuación realizada dentro del ámbito de sus competencias cumple hasta la última exigencia legal aplicable. Ni la emergencia ni un Real Decreto pueden convertirse en una patente de corso.

A la Autoridad Portuaria le corresponde defender aquello cuya seguridad y funcionamiento tiene encomendados.

Si su Consejo de Administración ha considerado que ese campamento no debe instalarse allí, que quede por escrito.

"Las empresas contratadas deben saber que una situación excepcional no las exime del cumplimiento de la legalidad"

Que se identifique quién ordena cada actuación.

Que conste quién la autoriza.

Que conste qué EMPRESA la ejecuta.

Que consten los informes técnicos que la respaldan.

Y que quede perfectamente determinado quién asume la responsabilidad de las consecuencias.

Ni una sola decisión sin nombre y apellidos administrativos detrás.

No se trata de amenazar a trabajadores ni de perseguir empresas. Se trata exactamente de lo contrario: de que nadie pueda alegar mañana que simplemente cumplía órdenes sin conocer el marco en el que estaba actuando.

Las empresas contratadas deben saber que una situación excepcional no las exime del cumplimiento de la legalidad. Prevención de riesgos, autorizaciones, seguridad, condiciones técnicas y cualquier otra obligación exigible deben ser comprobadas escrupulosamente por las administraciones competentes.

Y nuestras autoridades deben hacerlo.

Para eso están.

Los ciudadanos tampoco podemos aceptar que se nos diga que debemos permanecer tranquilos mientras las decisiones que afectan directamente a nuestra seguridad se adoptan contra el criterio de nuestras instituciones y sin que conozcamos los informes técnicos que supuestamente las justifican.

Si además se limita el acceso de ciudadanos que pretenden manifestarse pacíficamente, las autoridades deberán explicar qué restricción se ha impuesto, quién la ha ordenado y con qué fundamento jurídico.

Porque la excepcionalidad tampoco suspende el derecho de los ciudadanos a exigir explicaciones.

Ceuta lleva demasiado tiempo soportando que cada crisis provocada en su frontera termine transformándose en un problema exclusivamente ceutí.

Ya está bien.

La solución no consiste en buscar dónde meter a mil personas.

La solución consiste en impedir que mañana sean otras mil.

Consiste en aplicar la legislación disponible, exigir el cumplimiento de los acuerdos internacionales, utilizar los mecanismos europeos existentes, identificar a quienes han entrado irregularmente y proceder conforme a Derecho en cada supuesto.

Y cuando sea necesaria asistencia humanitaria, se presta.

Pero una cosa es atender a una persona y otra muy distinta convertir una infraestructura estratégica de Ceuta en la válvula de escape permanente de una política que no consigue controlar la frontera.

A nuestras autoridades locales les corresponde decidir ahora qué quieren ser.

Pueden convertirse en espectadores disciplinados de decisiones tomadas desde Madrid.

O pueden utilizar todas las herramientas políticas, administrativas y judiciales que poseen para defender los intereses de la ciudad que representan.

"Ceuta lleva demasiado tiempo soportando que cada crisis provocada en su frontera termine transformándose en un problema exclusivamente ceutí"

No les pedimos gestos.

No les pedimos declaraciones.

Les pedimos que actúen.

Que requieran los informes.

Que fiscalicen las obras.

Que documenten cada decisión.

Que recurran aquello que consideren contrario a Derecho.

Que soliciten, cuando proceda, medidas cautelares.

Que exijan conocer la evaluación de seguridad.

Que defiendan al Puerto.

Y que obliguen políticamente al Gobierno de España a responder a la única pregunta que realmente importa:

¿Cuál es su plan para resolver el problema?

Porque instalar cuarenta tiendas de campaña no es resolverlo.

Es cambiarlo de sitio.

Y Ceuta ya ha pagado demasiadas veces las consecuencias de convertir la improvisación en política de Estado.

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