En el año 2018 el Gobierno de Ceuta daba a conocer el gasto de más de 400.000 euros solo en indemnizaciones por caídas en la vía pública debido al mal estado del pavimento o por lo resbaladizo de las famosas losetas.
Desde entonces las condenas continúan a la par que se han hecho anuncios para intentar erradicar lo que se ha convertido en una gestión política pésima.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ceuta sigue dando la razón en sus sentencias a víctimas de caídas en la vía pública estimando sus recursos contra la Ciudad y repitiendo en cada uno de los dictámenes los mismos argumentos que vienen a constatar cómo esas lesiones se produjeron por culpa de la dejación de las administraciones en el buen cuidado de lo público.
No es algo anecdótico. En 2018 se publicitó aquel gasto pero la cuenta sigue sumando ceros. Así, en el último mes hábil judicial se han notificado varias condenas contra la Ciudad que esconden detrás a víctimas de caídas muchas ellas asociadas a las famosas losetas resbaladizas pero otras vinculadas al mal estado de arquetas, alcantarillas o al pavimento en general.
Una de estas condenas tiene de protagonista al conductor de una motocicleta al que se le reconoce el derecho a percibir 9.500 euros de indemnización por haberse caído en la vía pública a causa de su mal estado y después de que introdujera la rueda de la moto en una arqueta ‘famosa’ por su deficiente conservación. En sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso este periódico, se recoge ese mal estado al no presentar una “relativa profundidad en relación con la altura de la calzada”.
El juez llega a advertir que son “múltiples los accidentes con motos ocasionados por la citada arqueta de los que ha tenido conocimiento el juzgado”. Aún así, sigue habiendo accidentes y por la misma causa lo que se materializa en perjuicios a ciudadanos y gasto a las arcas públicas.
En otra condena notificada este pasado julio a la Ciudad se le obliga a abonar 11.000 euros de indemnización debido a una caída causada por las losetas. El juez recoge en su escrito lo que es de público conocimiento: “Es un hecho perfectamente notorio y constatado el alto índice de resbalabilidad de dichas losetas aun estando secas, de lo que es muestra los innumerables procedimientos judiciales tramitados por dicha causa en los juzgados de lo contencioso-administrativo”, detalla.
A esto se unen los propios mensajes reconocidos públicamente por las autoridades políticas tanto en intervenciones plenarias como al haber dictado decretos para intervenir en la sustitución del pavimento. De hecho se le encargó una actuación a Tragsatec.
Concluye en sentencia el juez que en este caso las lesiones se produjeron “al haber resbalado debido al estado deslizante de las losetas instaladas en la vía pública, lo que determina la responsabilidad de la administración al incumplir la misma con la obligación que tiene de mantener las vías en debidas condiciones de seguridad para la deambulación, lo que la obligaba bien a no haber instalado en la vía publica un acerado de tales condiciones peligrosas para la deambulación, bien a, al menos, haber procedido con anterioridad a adoptar las medidas necesarias para evitar dicho riesgo”.
En otro de los casos notificados son más de 8.000 euros los que tiene que pagar la Ciudad por lesiones a consecuencia de una caída ocurrida en noviembre de 2021 cuando la afectada acudía en sentido descendente por la calle Teniente Arrabal, con la acera mojada por la lluvia, en dirección a su domicilio. Al llegar a la esquina de la calle Mendoza resbaló a causa del mal estado del pavimento, cayendo al suelo y produciéndose las lesiones y secuelas.
Considera el juez que el deficiente estado del pavimento al estar formado por materiales cuya resbaladicidad incrementa notoriamente el peligro de tránsito de los peatones y que además se encontraba mojado al estar lloviznando provocó esas lesiones.
“El importante grado de deficiencia observado en dicho pavimento incrementando el nivel de peligro de tránsito peatonal es público y notorio” debido a los numerosos accidentes que a diariamente se vienen produciendo. “De todo lo cual no puede sino colegirse que la deambulación por ese concreto tramo de la vía no se encontraba en óptimas condiciones de seguridad”, considera.
“Los daños se debieron al funcionamiento anormal de un servicio público municipal en el sentido amplio con que lo entiende la jurisprudencia, como comprensivo de toda actividad de la Administración sometida a derecho administrativo, teniendo en cuenta que correspondía a los servicios técnicos velar, poniendo los medios personales y materiales necesarios, para que el tránsito por la vía pública se encontrara en las debidas condiciones de seguridad”.
Son estos ejemplos recientes de condenas por el no cuidado de lo público que se suman a otras tantas dictadas en Ceuta que coinciden plenamente en origen y consecuencia.
El resultado es que esa cifra inicial con la que se comenzaba el artículo se dispara sin freno.
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