Un ceutí de 28 años que cumple condena por tráfico de drogas será liberado este sábado por el Señor de Ceuta. Será en el acuartelamiento González Tablas al igual que sucedió el pasado año.
Se cumple así con una de las tradiciones más arraigadas antes de la Semana Santa de Ceuta. El acto de liberación será a las 19:30 horas tras el inicio del traslado desde la capilla de San Idelfonso, ubicada en el Príncipe Alfonso, a las 18.30 horas.
El llamado J.B.G. se encuentra cumpliendo una condena de cuatro años y 107 días por un delito contra la salud pública, su libertad definitiva está prevista para el 16 de octubre del próximo año.
La directora del Centro Penitenciario ha informado que el interno ha sido propuesto tras mantener “una trayectoria responsable e implicada durante su estancia en prisión, participando activamente en las tareas y programas de intervención que se le han propuesto desde el Área de Tratamiento, mediante el desempeño de diferentes actividades formativas, educativas y laborales de manera favorable y satisfactoria”, habiendo sido merecedor de múltiples recompensas, en virtud del artículo 263 del Reglamento Penitenciario.
Durante el cumplimiento de su condena ha residido en el Módulo de Enfermería, donde ha ejercido sus funciones como Interno de Apoyo con un total de 27 internos residentes en dicho Departamento (población interna con enfermedad mental, con patologías incapacitantes físicamente o intelectualmente).
La Dirección considera que dichas funciones tal y como contempla la I 5/2014 regulador del Programa Marco de Prevención de Suicidios en su Punto 8.4, “la colaboración que prestan los “internos de apoyo” para el logro de un objetivo encomiable y valioso cual es disminuir el riesgo de suicidio en el medio penitenciario” debe, ante todo, ser reconocido por la Administración y los profesionales que la integran.
Tal reconocimiento constituye la principal recompensa a esta actividad voluntaria y no remunerada. Obviamente estas actividades, aparte de constituir una aportación útil para otros internos y para toda la colectividad en último término, constituyen signos claros de una línea de reeducación y reinserción para la que el ordenamiento penitenciario tiene reconocidas instituciones como son las recompensas y los beneficios penitenciarios. Por ello los órganos competentes del establecimiento –Comisión Disciplinaria y Junta de Tratamiento- deben de conceder tanto las recompensas como los beneficios que consideren procedentes y útiles para la debida incentivación de estas actividades”.
La Dirección considera que ejercer un bien a un colectivo vulnerable como la población interna que se encuentra ingresada en la Enfermería de los Establecimientos Penitenciarios, constituye una reparación del daño causado con la comisión del delito y una señal de motivación y crecimiento personal.
Cabe destacar que actualmente el interno se encuentra trabajando, lo que evidencia un favorable pronóstico de reinserción y reintegración socio-laboral.
A partir de ese momento, la hermandad como en años anteriores, pasará a ejercer la tutela del liberado durante el tiempo que permanezca en libertad condicional y hasta su puesta en libertad definitiva.
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