Delegación del Gobierno de Ceuta aún no maneja la fecha exacta para el traslado del mobiliario de Guardia Civil, Aduanas y Sanidad Exterior a los módulos construidos en el paso fronterizo del Tarajal, después de que se haya recepcionado la obra de estas infraestructuras.
Allí serán acogidas de manera temporal las oficinas de estos tres organismos mientras se llevan a cabo las labores de derribo de las instalaciones que ocupan en la actualidad para construir otras nuevas, de acuerdo con el proyecto de obra recogido en el Tarajal.
Así, una vez terminada la obra se ha hecho entrega de la misma para acelerar las siguientes fases con vistas a alcanzar ese paso moderno que aspira a ser calificado de inteligente con todas las medidas de control aplicadas.
Esta actuación se verá completada con otras como la implantación de los sistemas informáticos y la activación del sistema de reconocimiento facial en base al cual se podrá identificar a las personas que cruzan de manera más ágil, sin necesidad de verificar manualmente la documentación.
Esa buscada agilidad en el tránsito es determinante para la Policía Nacional y los controles que lleva a cabo en el paso fronterizo para controlar la entrada de grupos distintos de personas de acuerdo con su procedencia.
En este primer trimestre de 2024 quería implantarse ya esa suerte de nuevas cámaras, sensores y medios adecuados para identificar a los que cruzan solo mostrando su rostro, pero habrá que esperar al desarrollo de las actuaciones y a la liberación de las partidas económicas que lo permitan.
Los trabajos llevados para implantar el nuevo modelo de registro de tránsito vienen determinados por la aplicación de los reglamentos y decisiones adoptados por la UE en cuanto a la regulación de los pasos fronterizos Schengen, por los que se rige el Tarajal tras su reapertura sin la aplicación de la excepción que permitía cruzarlo a la población de la región de Tetuán sin más que presentar su pasaporte en vigor.
En dichos Reglamentos se establece un Sistema de Entradas y Salidas (EES: Entry-Exit System) para registrar los datos de entrada, salida y denegación de entrada relativos a nacionales de terceros países que crucen las fronteras exteriores de los Estados Miembros, se determinan las condiciones de acceso al EES con fines policiales y se modifica el Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen y los Reglamentos (CE) 767/2008, (UE) 1077/2011 y (UE) 2016/399.
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