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Publicadas las ayudas para compra de vivienda usada y de alquiler

Por Redacción
15/05/2011 - 09:40

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La Ciudad ha convocado las ayudas para la compra de vivienda usada y para alquiler. Se trata de un paquete de medidas que están amparadas en el convenio firmado entre el Gobierno y el Ministerio. La convocatoria se efectuó ayer con su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE). Las ayudas para la compra son válidas tanto para la adquisición de vivienda protegida  (siempre y cuando se adquiera en una segunda o posterior transmisión libre), como libre, incluidas las de nueva construcción, aunque en este último caso siempre y cuando hayan sido adquiridas al haber transcurrido como mínimo un año entre la expedición de la licencia de primera ocupación , el certificado final de obra o la cédula de habitabilidad –según proceda– y la fecha del contrato de opción de compra o de compraventa.
Las casas, que deberán ser para residencia habitual, no podrán exceder los 90 metros cuadrados útiles, con la excepción de las que lleven anexo un garaje o trastero, que se computará aparte. El precio máximo de compra deberá ser similar al módulo básico nacional, es decir, 758 euros por metros cuadrado.
A esta subvención tendrán acceso los ciudadanos que no tengan una vivienda y cuyos ingresos se encuentren entre 1,5 y 6,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, el antiguo Salario Mínimo Interprofesional). La convocatoria entró en vigor ayer y las solicitudes serán resueltas por una comisión integrada por funcionarios.
Las ayudas para el alquiler están dirigidas a los inquilinos y el presupuesto previsto para este fin supera el millón de euros, entre la línea que financia el Ministerio (960.000 euros) y la que aporta la Ciudad (70.000 euros de los 140.000 reservados en el Presupuesto para este fin, para un total de 60 ayudas).
A estas ayudas podrán acceder aquellos ciudadanos con contrato de arrendamiento en vigor que lleven empadronados en Ceuta al menos un año, si bien este tiempo podrá ser inferior si el solicitante se trasladara a la ciudad por motivos laborales. No obstante, el arrendador no podrá guardar un parentesco de primer o segundo grado de consanguinidad.
Los ingresos no podrán ser superiores a 2,5 veces el IPREM en el caso de las que otorga el Ministerio, y a 2 veces el IPREM en el caso de las de la Ciudad. En cualquier caso, este criterio se corregirá con una ponderación establecida en la convocatoria para tener en cuenta el número de miembros de la unidad familiar y otras circunstancias especiales (una sola fuente de ingresos, que todos sus miembros sean menores de 35 años y que cuentan con algún discapacitado o persona mayor de 65 años).
En cuanto al importe, las ayudas que financia el Ministerio no podrán exceder el 40 por ciento del coste del alquiler y el límite será de 3.200 euros anuales, mientras que las que aporta la Ciudad alcanzará el importe necesario siempre que no se supere el 30 por ciento de los ingresos del solicitante, y con un límite de 100 euros mensuales.
La duración máxima de estas ayudas será de dos años, siempre que se mantengan las circunstancias que den lugar a su reconocimiento. Para solicitar estas ayudas, los interesados tienen un plazo de 15 días contados desde el viernes. En el caso de que no se agote el presupuesto previsto, se aceptarán las entregadas fuera de plazo.

Tags: Economía

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