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Prorrogada la prisión del asesino del niño Mohamed

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Ceuta ha dictado auto de prórroga de prisión para Cristian B.P., detenido por el asesinato del niño Mohamed en Loma Colmenar en diciembre de 2022. En el auto, a cuyo contenido ha tenido acceso este periódico, se acuerda extender esta medida durante dos años más.

El detenido por asesinato y agresión sexual a menor fue arrestado en enero de 2023, tras una detallada investigación realizada por la UDEV de la Policía Nacional, cuyos agentes no cesaron en su labor hasta dar con la resolución de un caso que se antojaba complejo.

Esta semana se ha celebrado comparecencia judicial con el investigado presente para solicitar esa prórroga de prisión en una petición de la Fiscalía a la que se adhirió la Acusación Particular, que ha sido atendida de forma favorable por la instructora.

En este caso, las circunstancias especiales hacen prever que la causa no va a ser juzgada en los plazos previstos legalmente, dado que se está todavía pendiente de una prueba ampliatoria pericial respecto del estado psíquico del acusado.

Por ello se tuvo que solicitar esa prórroga de prisión comunicada y sin fianza para quien se enfrenta a la mayor pena prevista en nuestro texto legal, la prisión permanente revisable, que fue solicitada tanto por la Fiscalía como por la Acusación Particular que representa los intereses de la familia del pequeño, asesinado cuando solo contaba con 8 años de edad.

“Riesgo de huida” y “nula colaboración”

La jueza instructora ha adoptado esta medida a tenor de la pena que pudiera pedirse en el acto de juicio oral cuando este sea señalado, así como por la existencia de un “evidente riesgo de huida” toda vez que “no existió colaboración alguna con la acción de la fuerza actuante” ya que Cristian B.P. permaneció oculto de la acción de la justicia hasta que la Policía Nacional dio con su paradero.

De no haber sido por la labor de la UDEV no se habría dado con el autor confeso a quien los agentes detuvieron en plena calle.

“Señala el artículo 504.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que la prisión provisional sólo ha de durar el tiempo imprescindible y siempre que se cumplan y mantengan los requisitos legales que llevaron a su adopción que, en el presente supuesto, se detallaron debidamente en la resolución por la que se decretó tal situación respecto del detenido y que se considera que subsisten”, explica su señoría en la resolución.

“Como medida restrictiva de la situación personal que es, la prisión provisional está sometida por imperativo legal a unos plazos máximos, señalados en el artículo 504.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que evitan que se convierta en una medida de duración indefinida, sólo sujeta a la pena que eventualmente se impusiera en sentencia”, concreta.

“Sin embargo, con carácter excepcional, el mismo precepto legal autoriza al juez o tribunal a prorrogar por una sola vez la situación de prisión provisional cuando concurrieren circunstancias que hicieran prever que la causa no podrá ser juzgada en los plazos señalados y, en todo caso, a petición de las acusaciónes”, puntualiza.

Así ha sido en este caso, fijándose la medida de privación de libertad durante dos años más.

Los antecedentes del detenido y la reiteración delictiva

Con la adopción de esta medida cautelar, apunta la instructora, “se trata de evitar asimismo el riesgo de reiteración delictiva toda vez que le consta al acusado condena por robo violento, así como un procedimiento por otra agresión sexual del Juzgado Mixto número 3 de Ceuta que tuvo que archivarse al no comparecer la víctima a requerimiento del órgano judicial”.

Esto viene a denotar que existe ese peligro de que vuelva a atentar contra los bienes jurídicos de cualquier otra persona, por lo que la prórroga de prisión se considera que es la “medida idónea”.

La Defensa solicitó la entrada de su cliente en centro psiquiátrico toda vez que el investigado está incapacitado por el Mixto número 2 de Ceuta siendo su madre su curadora. Sin embargo, se ha acordado que debe ser el centro penitenciario de Ceuta y la Junta de tratamiento oportuna la que decida en el futuro su traslado o no a un centro de estas características.

“Tenía ganas de contarlo”

En semanas se cumplirán dos años de este asesinato. Un crimen que podrá ser juzgado porque hubo un grupo de agentes que se entregaron en cuerpo y alma a dar con la autoría, alejándose de las informaciones confusas que solo podían intoxicar el buen camino de la investigación policial.

En la bautizada como Operación Loma, se revisaron cámaras, se entrevistó a decenas de personas, se solicitaron rastreos telefónicos para detectar conexiones en el entorno de la barriada y se compararon fotogramas. Toda una carrera a contrarreloj y a ciegas para dar con el autor del delito en medio de una psicosis social con muchos factores en contra.

Después de 30 días de silencio, los agentes actuaron y detuvieron a Cristian B.P. en plena calle. “Tenía ganas de contarlo”, dijo cuando los agentes le instaron a subir al coche. “No veía el momento”, añadió.

El hecho es que no contó nada, no lo hizo hasta que los agentes dieron con él culminando una investigación perfecta en la que se cotejaron cámaras, fotogramas, rutas…

En esta dura historia solo queda que un Jurado hable cuando se señale vista oral. Mientras, queda este mensaje grabado en una placa, la que entregó la familia Abdeselam a los agentes que tomaron este caso como su caso: “La familia de Mohamed no encuentra palabras de agradecimiento hacia la UDEV por su tesón constante, implicación, profesionalidad, lealtad y compromiso para dar solución al caso de nuestro hijo. Gracias por vuestra incansable profesionalidad”.

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