El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta condenó a prisión a un varón por delitos de quebrantamiento de condena continuado y contra la intimidad.
Vino conducido desde la cárcel por la Policía Nacional para reconocer la comisión de estas acciones delictivas y conformarse con las medidas impuestas en materia de violencia de género.
Por el delito de quebrantamiento continuado aceptó una pena de 9 meses de prisión, mientras que el cometido contra la intimidad supuso otra de 1 año de cárcel, así como pago de multa de 12 meses con una cuota diaria de 3 euros.
A ambas condenas se suman medidas de prohibiciones de comunicación y contacto durante un periodo de tres años.
De igual manera se revocó la suspensión de una pena anterior por violencia de género que ahora tiene que cumplir (16 meses de prisión) al no obtenerse ya el beneficio judicial dictado en su día.
Órdenes incumplidas de manera continuada
Sobre el acusado pesaba una pena de prohibición de aproximación y de comunicación respecto de quien fue su pareja impuesta por el juzgado, pero en reiteradas ocasiones, con el propósito de incumplirlas, envió mensajes a la denunciante además de acercarse a su lugar de trabajo o a su propio domicilio.
Esos incumplimientos de las órdenes de alejamiento se efectuaron en varias ocasiones y en distintos periodos de 2023 por parte del ahora condenado llegando a un grado más cuando a través de mensajería amenazó a la denunciante con difundir vídeos íntimos si le denunciaba.
Esos vídeos los había grabado sin el consentimiento de la fémina, que temió que se cumpliera esa amenaza.
El ahora condenado, que se reconoció culpable de los delitos y aceptó las penas impuestas, ingresó en prisión en diciembre de 2023. Las condenas señaladas no aceptan suspensión alguna por lo que deberá cumplirlas privado de libertad.