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Por qué un convenio especial con la Seguridad Social no permite acceder al subsidio para mayores de 52 años

Aunque el convenio especial sirve para cumplir el periodo genérico de cotización para las prestaciones de la Seguridad Social, este mecanismo no constituye una vía válida para acceder al subsidio para mayores de 52 años

El subsidio para mayores de 52 años continúa siendo una de las prestaciones más relevantes para personas de Ceuta que han perdido su empleo cuando se encuentran próximas a la edad de jubilación, una etapa en la que reincorporarse al mercado laboral suele resultar más complicado.

Esta ayuda está dirigida a quienes, además de estar desempleados, cumplen una serie de condiciones específicas relacionadas con las cotizaciones necesarias para acceder a la futura pensión de jubilación.

Sin embargo, existe una duda frecuente entre muchos trabajadores: si es posible conseguir esta ayuda mediante la firma de un convenio especial con la Seguridad Social para completar los años de cotización exigidos.

El SEPE ha aclarado que este mecanismo, aunque sirve para otros fines, no permite acceder automáticamente a este subsidio.

El convenio especial sí ayuda para la jubilación, pero no para el subsidio

Para solicitar el subsidio para mayores de 52 años es obligatorio reunir diferentes requisitos. Entre ellos figura haber cotizado el tiempo exigido para generar el derecho a la pensión de jubilación, es decir, 15 años de cotización, tal y como establece el artículo 205 de la Ley General de la Seguridad Social.

Cuando un trabajador no alcanza ese periodo mínimo, una de las alternativas que suele plantearse es la suscripción de un convenio especial con la Seguridad Social. Mediante este acuerdo, es el propio trabajador quien asume el pago de sus cotizaciones para seguir acumulando periodos de cara a la jubilación.

No obstante, aunque este sistema permite completar las cotizaciones necesarias para la pensión, no sirve para cumplir los requisitos de acceso al subsidio para mayores de 52 años.

La aclaración realizada por el SEPE

Esta cuestión ha sido explicada por María Jesús Gómez, asesora de la Subdirección de Prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), durante una intervención en el programa Madrid Trabaja de Onda Madrid.

La especialista recordó que, aunque "el convenio especial sirve para cumplir el periodo genérico de cotización para las prestaciones de la Seguridad Social", este mecanismo no constituye una vía válida para acceder al subsidio para mayores de 52 años.

La explicación llegó tras responder a la consulta de un trabajador de 57 años que estaba a punto de agotar la prestación por desempleo y que acumulaba 14 años y ocho meses cotizados.

Su intención era suscribir un convenio especial para alcanzar los 15 años exigidos para la futura jubilación y, al mismo tiempo, poder solicitar el subsidio.

Según indicó Gómez, esa opción no le permitiría obtener la ayuda.

La alternativa que plantea el organismo

La asesora explicó que, antes de acceder al subsidio, el trabajador debe volver a cotizar mediante una actividad laboral.

"A lo que tiene que acceder primero es a un trabajo o intentarlo por lo menos y segundo al subsidio para mayores de 52 años", señaló Gómez, insistiendo en que "el convenio especial no le sirve para cumplir el requisito de acceso al subsidio para mayores de 52 años".

En este sentido, recomendó completar el tiempo de cotización que falta mediante empleos, aunque sean de carácter puntual o esporádico, mientras el trabajador continúa percibiendo la prestación contributiva.

"Lo que tiene que hacer es completar con cotizaciones por trabajo, aunque sean trabajos esporádicos que le vayan saliendo durante la prestación", explicó la experta.

Además, precisó que, si durante ese periodo interrumpe el cobro de la prestación para trabajar y consigue alcanzar los 15 años de cotización, entonces sí podría acceder posteriormente al subsidio para mayores de 52 años.

El plazo para solicitar el subsidio para mayores de 52 años

María Jesús Gómez también recordó que, una vez finalizada la prestación contributiva por desempleo, el trabajador dispone de un plazo de seis meses para presentar la solicitud del subsidio.

Durante ese tiempo deberá intentar encontrar un empleo que le permita cotizar los cuatro meses que le faltan para completar el periodo mínimo exigido.

La asesora advirtió de que, si no logra reunir esas cotizaciones mediante trabajo dentro de ese plazo, no podrá acceder al subsidio para mayores de 52 años, aunque haya firmado un convenio especial con la Seguridad Social para seguir cotizando de cara a su futura jubilación.

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