La ONCE ha anunciado este miércoles su decisión de ampliar la cobertura de su catálogo de prestaciones de servicios sociales a las personas ciegas, con deficiencia visual grave o sordoceguera, “de nacionalidad no española y con residencia legal en España o a quienes el Ministerio del Interior haya concedido el derecho de asilo o la protección subsidiaria”. Información de interés también para Ceuta.
Esto de acuerdo con lo estipulado en un acuerdo adoptado por el Consejo General de la ONCE que entró en vigor el pasado 1 de abril que detalla la “diversa tipología de servicios que podrán recibir”.
El objetivo que se persigue con la ampliación de estos servicios tiene que ver con el cumplimiento de la organización con la ciudadanía.
Asimismo, está contemplado el acuerdo Gobierno-ONCE para el periodo 2022-2031, “que recoge las labores sociales que la Administración tiene encomendadas a la Institución”.
En lo que respecta a la aplicación de la iniciativa anunciada este miércoles, la ONCE ha indicado que “se realizará desde los diferentes centros repartidos por todo el territorio”.
Estos son los requisitos
La organización también ha explicado que para poder recibir la atención a la que se hace referencia, uno de los requisitos que deben cumplir las personas beneficiarias es “disponer de residencia legal en España o tener la condición acreditada de derecho de asilo o la protección subsidiaria”.
Igualmente, “deberán presentar en ambos ojos, y con un pronóstico fehaciente de no mejoría visual, al menos, una de las siguientes condiciones: agudeza visual igual o inferior a 0,1 obtenida con la mejor corrección óptica posible o campo visual reducido a 10 grados o menos”.
Acciones de atención personal
Sobre las acciones de atención personal que podrán solicitar estas personas, el listado incluye: atención educativa, rehabilitación, comunicación y acceso a la información, apoyo al empleo, apoyo psicosocial y bienestar social.
“También podrán acceder a la venta de productos de loterías sociales, seguras y responsables de la ONCE, siempre que reúnan las condiciones necesarias para el ejercicio de la venta y acrediten, con certificado de una entidad pública española, un grado de discapacidad global igual o superior al 33% en el caso de personas extranjeras originarias de un estado miembro de la Unión Europea”, han añadido desde la ONCE.
Por otra parte, la organización ha aclarado que “en el caso de personas procedentes de otros países fuera de la UE, además del certificado de discapacidad igual o superior al 33% deberán tener permiso de residencia y de trabajo”.
Para finalizar, la ONCE ha recordado que ya ofrecen cobertura a las necesidades de muchas personas extranjeras ciegas o con discapacidad visual con residencia legal en España, especialmente a menores, y que en 2023 se autorizó el acceso a diferentes servicios a 102 personas extranjeras adultas de 34 nacionalidades.