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Multa de 1.500 euros por no llevar a su mascota al veterinario

La Consejería de Sanidad impone esta sanción económica tras constatar infracciones graves contra la higiene y la salud de un animal de compañía

Ignorar la salud de una perro o un gato en Ceuta sale caro. La protección de los animales de compañía es una prioridad administrativa y legal que no admite negligencias como ha demostrado una multa impuesta a un propietario por no llevar a su mascota al veterinario y mantenerla en las pertinentes condiciones higiénico-sanitarias.

La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la ciudad autónoma ha dictado una resolución sancionadora contra un ciudadano por no suministrar a los animales la asistencia veterinaria necesaria, una infracción considerada grave según la normativa vigente.

Este anuncio, publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), detalla que el propietario deberá hacer frente a una multa de 1.502 euros tras un proceso administrativo que se ha prolongado durante varios meses

El caso se remonta a finales del año pasado, cuando se dio inicio al procedimiento sancionador contra el titular del animal.

Tras varios intentos fallidos de notificación en el domicilio del interesado, que resultaron infructuosos al encontrarse el destinatario en paradero desconocido, la Administración se vio obligada a recurrir a la publicación en los boletines oficiales para garantizar el derecho a la información y defensa del afectado.

El sancionado, sin aportar documentación que justifique su conducta

Pese a concederse un plazo de 15 días para presentar alegaciones en febrero de 2026, no consta que el sancionado haya aportado documentación alguna para justificar su conducta.

La resolución final, firmada por la consejera de Sanidad y Servicios Sociales, Nabila Benzina, se fundamenta en el estricto cumplimiento del Reglamento 2/15, de 23 de marzo, de tenencia, protección y bienestar de animales de compañía de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

En concreto, los hechos denunciados vulneran dos apartados críticos del artículo 48.3 de dicho reglamento.

Una multa de 1.500 euros por la gravedad de los hechos

Este tipo de conductas están tipificadas como infracciones graves en el ordenamiento local, lo que conlleva multas que habitualmente oscilan entre los 751 y los 1.499 euros, aunque en esta resolución específica la cuantía se ha fijado en 1.502 euros, reflejando la severidad con la que se evalúa el bienestar animal en la ciudad.

Ceuta ejerce estas competencias de sanidad animal gracias al Real Decreto 2504/96, que traspasó estas funciones desde la Administración del Estado a la Ciudad Autónoma, permitiendo una gestión más directa y cercana de estas problemáticas.

La resolución actual pone fin a la vía administrativa, aunque el interesado todavía dispone de mecanismos legales de impugnación.

Cabe interponer recurso

Según recoge el texto oficial, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución o, directamente, acudir a la vía judicial mediante un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de Ceuta en un plazo de dos meses.

En cuanto al pago de la multa, la Ciudad Autónoma ha facilitado diversos canales para que el sancionado pueda hacer efectivo el ingreso de los 1.502 euros.

Este puede realizarse en las oficinas de Servicios Tributarios de Ceuta, situadas en el Edificio Ceuta Center, o mediante transferencia bancaria y pagos telemáticos a través de la web oficial de tributos de la ciudad.

Esta medida punitiva sirve como recordatorio para todos los propietarios de mascotas sobre las responsabilidades legales que conlleva la tenencia de animales.

El bienestar animal no es solo una cuestión de ética personal, sino una obligación ciudadana recogida por la ley, cuyo incumplimiento, especialmente en lo que respecta a la salud básica y la atención profesional, acarrea consecuencias económicas significativas en la ciudad de Ceuta.

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