MDyC, a través de su portavoz de Grupo, Nadia Mohamed, ha presentado alegaciones para que se modifique la propuesta aprobada en el pleno extraordinario celebrado en Ceuta el 17 de febrero, estableciéndose el tipo impositivo del ICIO (Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras) en el 1%, al objeto de que la tributación efectiva sea del 0,5%.
La formación fundamenta esas alegaciones en que la modificación tributaria aprobada en la última sesión plenaria celebrada por la Asamblea contemplaba una reducción del tipo impositivo del ICIO del 4% al 2%.
No obstante, el 9 de enero de este mismo año, la Asamblea aprobó en sesión plenaria una propuesta de MDyC en la que se proponía la modificación de dicho tributo de un 4% al 0,5%. Eso fue lo que se aprobó, pero no lo que se ha cumplido, lo que ha llevado a MDyC a presentar alegaciones.
No se ha cumplido la propuesta previamente aprobada
“Tanto en la comisión extraordinaria de hacienda celebrada el 5 de febrero, así como en el pleno de la Asamblea celebrado el 17 de febrero, la propuesta de modificación que se ha presentado por parte de la Consejería de Hacienda hace alusión a una modificación del tributo consistente en la reducción del 4% al 2%, no cumpliéndose así con la propuesta previamente aprobada”, denuncian.
“Tanto en la comisión extraordinaria de hacienda celebrada el 5 de febrero, así como en el pleno extraordinario celebrado el 17 de febrero se ha alegado por parte de la consejera de Hacienda a que este tributo se encuentra subvencionado por el Estado en un 50%. Tal afirmación es cierta y así lo dispone el artículo 140.2 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales”, indican en las alegaciones.
“Esto supone que, aun siendo el tipo impositivo del 4%, al estar bonificado al 50%, actualmente el contribuyente presenta una carga fiscal del 2%. Por tanto, con la modificación aprobada inicialmente en el último pleno extraordinario, el tipo impositivo se reduciría al 2%, y el contribuyente presentaría una carga fiscal del 1% no cumpliéndose en ningún caso con la propuesta aprobada en el pleno resolutivo del 9 de enero de 2025 cuyo texto literal proponía lo siguiente: desde el MDyC consideramos que si está en marcha la construcción de nueva vivienda en Ceuta es más que necesario reducir el tipo impositivo de apartados como los citados del 4 al 0,5%. Por tanto, la decisión adoptada no refleja el acuerdo plenario previamente aprobado”.
Apoyar la vivienda y mejoras fiscales
Las alegaciones del MDyC tienen su fundamento. El partido considera que, si está en marcha la construcción de nueva vivienda en Ceuta, es más que necesario reducir el tipo impositivo del 4% al 0,5%. “Más aún cuando vemos que el encarecimiento de los materiales es el principal motivo por el que las empresas de la construcción no se sienten interesadas a la hora de presentar ofertas y estas acaban quedando desiertas”, expone.
MDyC forzará a que se cumpla la propuesta aprobada en el pleno con la que se solicitaba la modificación del ICIO pertinente para que la carga fiscal final sea del 0,5%.
“Es por ello que hemos presentado una alegación para que se modifique la propuesta aprobada en sesión plenaria extraordinaria estableciéndose que el tipo impositivo del ICIO se reduzca al 1%, con el fin de con la bonificación del Estado del 50%, la tributación efectiva dé como resultado final una carga fiscal del 0,5%”, concluye.
La formación que encabeza Fatima Hamed busca fortalecer además la creación de vivienda, uno de los sectores que arrastra mayores dificultades y que ha sido motivo de un importante debate político.