Para ello, los posibles beneficiarios deberán cumplir con los tres requisitos que se han establecido: que la renta de los miembros de la unidad familiar no supere el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, el antiguo Salario Mínimo Interprofesional, actualmente establecido en 532,51 euros mensuales), que la vivienda objeto de la solicitud sea el domicilio habitual del solicitante y que ni éste ni ninguna de las personas empadronadas en la vivienda sea propietario de otra casa.
La refinanciación podrá ser solicitada por aquellos titulares de viviendas que cumpliendo con los requisitos anteriores sumen más de tres vencimientos impagados. Se realizará acumulando el capital pendiente de amortización en el momento de la solicitud y el importe de los vencimientos impagados sin considerar la posible bonificación aplicada a los mismos, incluyendo capital e intereses. El límite fijado para ello se establece en 50 años, de modo que ampliando el plazo de pago los beneficiarios pueden establecer así una menor cuota mensual. La determinación de los plazos dependerá del nuevo importe del crédito.
Por último, los titulares de contratos de arrendamiento de viviendas promovidas por el Ministerio de Fomento a través de SEPES y que hayan sido cedidas a la Ciudad con independencia de su calificación (es decir, las de Loma Colmenar, Sidi Embarek y Poblado Legionario) podrán acceder al sistema de bonificaciones establecido por la Ciudad para las viviendas de promoción pública.
Desde hace mucho tiempo, los vecinos de estas viviendas se quejaban de que no podían pagar los recibos que les remitían desde Servicios Tributarios y desde primera hora el equipo de gobierno dijo que se les buscaría una solución para que pudieran hacer frente a los pagos.
El propietario puede llegar a un acuerdo para pagar un alquiler
La medida aprobada por el Consejo de Gobierno establece la posibilidad de que el titular de una vivienda de protección oficial gravada con un crédito a favor de la Ciudad podrá ofrecer a esta Administración la plena propiedad a cambio de la liberación y extinción de la obligación de pago contraída por la adquisición de la casa. En este caso, la Ciudad adjudicaría de nuevo la vivienda.
Del mismo modo, el titular de la VPO que renuncie a la propiedad podrá solicitar el arrendamiento de su casa. En estos casos, el beneficiario puede incluir una opción de compra en el contrato de arrendamiento que podrá ser ejercida en cualquier momento.
Consejera
La misma consejera portavoz accidental, Yolanda Bel, dejaba bien claro en la jornada de ayer que el Ejecutivo presidido por Juan Vivas era sensible a las demandas de los vecinos de estas promociones y que durante algún tiempo se había venido estudiando la fórmula más adecuada para la realización de estas medidas.
Además, el objetivo es que la citada medida entre lo más pronto posible y los interesados pueden ponerse en contacto bien con la Consejería de Fomento o con la propia Viceconsejería de Vivienda.






