La Ciudad Autónoma de Ceuta, a través de la Consejería de Presidencia y Gobernación, ha formalizado mediante el BOE (Boletín Oficial del Estado) el nuevo anuncio de notificación relativo a las bajas en el padrón por inscripción indebida. Una 'limpieza' que puede acabar con expulsiones.
Estos expedientes, gestionados por el Negociado de Estadística, afectan a ciudadanos sobre los cuales no ha quedado probada su permanencia en el domicilio declarado, lo que supone un incumplimiento de la normativa vigente en materia de vecindad administrativa.
El procedimiento de baja por inscripción indebida
La administración local ha detectado que diversas personas inscritas en el Padrón de Habitantes de la Ciudad Autónoma de Ceuta no residen efectivamente en los domicilios proporcionados.
Tras realizar el preceptivo trámite de audiencia, se ha constatado que la vecindad en la ciudad no es real, procediendo así a la instrucción de expedientes de baja de oficio conforme al Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
El anuncio publicado el 22 de mayo de 2026 responde a que los intentos de notificación personal han resultado fallidos, por lo que se recurre a la vía del boletín oficial para garantizar la transparencia y el derecho de defensa de los afectados.
Plazos críticos para los afectados
Las personas que figuren en la lista adjunta al anuncio disponen de un margen limitado para regularizar su situación o presentar los recursos pertinentes antes de que la baja sea irrevocable.
- Plazo de comparecencia: 15 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación en el BOE.
- Lugar: Negociado de Estadística, situado en el Palacio de la Asamblea s/n.
- Consecuencia por incomparecencia: si transcurren los quince días sin que el interesado se presente, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales.
- Resultado final: una vez cumplido el plazo, se procederá a la baja definitiva en el padrón de habitantes.
Listado de expedientes y documentación
El BOE incluye un anexo detallado con las personas en proceso de baja.
Marco legal y firma de la autoridad
Esta actuación administrativa se ampara en los artículos 72 del Reglamento de Población y en los artículos 42, 46 y 82 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.
La diligencia ha sido firmada por el consejero de Presidencia y Gobernación, Alberto Gaitán, reafirmando el control de la ciudad sobre el censo de habitantes para evitar fraudes en la obtención de beneficios asociados a la residencia en Ceuta.
La correcta gestión del padrón es fundamental para la asignación de recursos públicos, y estas campañas de 'limpieza' administrativa buscan asegurar que solo quienes residen permanentemente en la ciudad autónoma mantengan sus derechos administrativos activos.






