Opinión

Legalidad versus legitimidad: Un caso práctico en el ámbito educativo

En las clases de filosofía en bachillerato es frecuente tratar la diferencia entre aquello que es legal y aquello que es legítimo. Porque no es lo mismo, es distinto -como diría Alejandro Sanz-.

A grandes rasgos, lo legal es aquello conforme a la ley, coherente con ella. Lo legítimo tiene varias acepciones en la RAE. También significa, en ocasiones, conforme a la ley, pero aquí queremos hacer hincapié en la acepción que señala aquello que es conforme a razón o a lo justo. Así pues, el conflicto entre lo legal y lo legítimo tiene que ver con la disonancia entre lo que dictan las leyes y lo que se considera justo o conforme a razón en una comunidad dada.

Ahora bien, alguien podría esgrimir: “pero, ¿qué es lo justo?” Bien. Aquí tenemos una pregunta muy filosófica de la que no nos ocuparemos en este texto. Pero tenemos otra salida, un as debajo de la manga: si partimos de unos mismos principios -por generales que sean- en una comunidad dada, podemos llegar a conclusiones acerca de qué sea aquello que es justo o conforme a razón con un ejercicio de análisis deductivo. Voy a poner un ejemplo muy simple. Imaginemos que tenemos por consenso en nuestra sociedad española que el respeto es una forma deseable de relación entre las personas y, por tanto, que la violencia es normalmente rechazable. Además, también consideramos que los profesores debemos ser ejemplo de ello. De todo lo anterior se deduce que un profesor no debe dar patadas en la espinilla a su alumnado (espero que este consenso exista, no lo he contrastado). A parte de casos excepcionales raros de imaginar, no estaría justificado el que un profesor o profesora lanzara intencionadamente su pierna contra la extremidad de un alumno o alumna y sería condenado por la comunidad a la que pertenece. Se diría entonces que es un acto no- legítimo, porque no está conforme a razón ni a concepto alguno de justicia para con los parámetros de la comunidad dada. De acuerdo, imaginemos ahora que el Gobierno de España crea la norma de que los profesores podemos propinar patadas en la espinilla al alumnado cuando lo consideremos oportuno. En este caso, darle una patada a la espinilla a un alumno, cuando lo considere oportuno el docente, será totalmente legal y conforme a la ley. Pero, ¿sería legítimo? Claramente no, por mucho que considere el profesor que el alumno se lo mereciera.

Querido lector. Te he contado esto (permíteme que pasemos a tutearnos) para explicarte algo que está pasando en la educación de nuestro país. No son patadas en las espinillas al alumnado, en mi opinión es algo peor. No estoy jugando a las adivinanzas, te lo paso a explicar.

En los últimos años la experiencia digital se ha extendido a un ritmo vertiginoso, acentuado por la pandemia sufrida a causa de la COVID-19. Probablemente la educación ha sido uno de los campos más afectados por estos cambios. Ante la situación de confinamiento en muchos países del planeta, entre ellos España, y con ello, la suspensión de las sesiones presenciales en la educación reglada durante más de dos meses, las aulas se pasaron a las plataformas digitales. Y la digitalización de las aulas vino para quedarse, y por ello, aún hoy, usamos en educación estas herramientas.

Hay que tener en cuenta que la incalculable cantidad de datos e información en juego constituye un nicho de mercado que involucra la privacidad y experiencias de las personas (menores de edad en su mayoría) inscritas en el sistema educativo. Estos datos consisten en observaciones, seguimientos del trabajo cotidiano, juicios evaluativos de los profesionales de la educación hacia el alumnado, sus notas, comportamiento o problemas personales. Se trata de una información fruto del trabajo de los profesionales de la educación sobre las personas usuarias de la misma.

La Compañía de Responsabilidad Limitada Google -entre otras- se frotó las manos y comenzó a intentar conseguir el mercado de datos en el ámbito educativo. En concreto, en España, la compañía ha establecido diferentes convenios con las Comunidades Autónomas, que son quienes tienen en último término las competencias en educación. Es el caso del convenio entre la Junta de Andalucía y Google en noviembre de 2020 en el que se especifica el acuerdo por el cual la citada empresa proporciona una serie de servicios gratuitos al sistema educativo andaluz. ¿A cambio de qué? Esto no se especifica en el acuerdo. Lo que sí se especifica es que el principal producto con el que genera beneficios Google, los datos de los usuarios -en este caso el alumnado- quedaría a salvo. Google se compromete a no usar los datos del alumnado más allá de los fines educativos requeridos. Pero, aquí está la trampa. En primer lugar, no hay manera posible de comprobar que esto se cumple. No existe mecanismo para saber si Google no vende los datos del alumnado a empresas interesadas (incluidos partidos políticos). Y en segundo lugar, en el acuerdo queda explicitado que los datos del alumnado quedan fuera del ámbito mercantil durante cinco años. ¿Cinco años? ¡Pues vaya tomadura de pelo!

A priori, la seguridad de la información del alumnado en educación es un pilar fundamental de la misma. Aparentemente se le da mucha importancia. Pero esta seguridad entra en contradicción con los procedimientos mercantiles de corporaciones como Google, que generan sus beneficios a partir de esa materia prima que son los datos, vendiéndolos en grandes proporciones, con lo que genera incalculables beneficios. Recordemos que Google es una de las empresas más poderosas del mundo y lo es por gestionar la información de millones de personas que usan sus herramientas digitales de manera “gratuita”.

Estos datos sustraídos lo son de una parte importante de la población de un país que será el futuro del mismo en pocos años. Estos datos nutren decisiones (a través de algoritmos) de empresas cuyos fines no aseguran responder a principios éticos de ningún tipo (ni siquiera los establecidos por amplio consenso como pueden ser los Derechos Humanos). El mercado que conocemos como Big Data es un entramado totalmente opaco y fuera del alcance de decisiones democráticas. Y, como sabemos también, a veces se ha utilizado para la manipulación del comportamiento de los consumidores o, lo más alarmante, la manipulación de la opinión pública y nuestras democracias.

"El uso de la plataforma como herramienta educativa es legal, pero no es legítima"

Son varios los organismos, asociaciones o profesionales en España que alertan de esta problemática. Algunos ejemplos son el Instituto para la digitalización democrática y los derechos digitales (X- net) vinculado a la Universitat de Barcelona, el proyecto EducaTic -iniciativa de profesionales relacionados con la IA y el ámbito del derecho de la Universidad de La Laguna- o la asociación GRITE (Grupo de Reflexión e Información sobre Tecnologías Educativas) compuesta por miembros del AMPA del colegio Gómez Moreno de Granada.

Como señala la investigadora Shoshana Zuboff en su obra El capitalismo de la vigilancia, las tecnologías digitales -entre ellas las aplicadas en educación- no conllevan necesariamente estos riesgos antes señalados. Y como prueba tenemos a disposición un amplio abanico de posibilidades. El proyecto EducaTic y X-net -mencionados más arriba- han producido plataformas educativas que garantizan la protección de datos. Pero además, en el caso de Andalucía, contamos con una plataforma educativa en pleno funcionamiento llamada Moodle Centros y facilitada por la Consejería que, utilizando software libre, aloja los datos e información del alumnado en servidores públicos gestionados por instituciones democráticas que deben cumplir con la normativa europea de protección de datos.

En conclusión, el uso de la plataforma Google Classroom como herramienta educativa es legal, porque así lo dice la norma del organismo competente, pero no es legítima, porque no está conforme a razón de lo que consideramos justo en nuestra sociedad: la protección de la privacidad de los menores y nuestro alumnado. Podremos mirar para otro lado, pero dar patadas en las espinillas de nuestros chavales no está bien. Por todo ello hago un llamamiento desde estas humildes líneas al profesorado, a las directivas de los centros y a las familias del alumnado para que protejamos a nuestros chicos y chicas de este robo de su privacidad y su historial académico para el lucro de una de las empresas más poderosas del mundo y cuya capacidad para manipular y trastocar nuestras democracias es muy alta.

José Antonio Sierra López

Profesor de Educación Secundaria y Bachillerato de Filosofía. Licenciado en Filosofía por la Universidad de Granada Máster de Profesorado por la Universidad de Granada.

Máster en Lógica y Filosofía de la Ciencia por la Universidad de Salamanca.

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