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El Juzgado de Instrucción nº 3 libró un oficio en el marco de las diligencias previas 437/17 abiertas
Dos semanas después del asalto multitudinario a las 206 viviendas de la promoción deshabitada de Huerta Téllez, la maquinaria judicial ha comenzado a moverse y la Jefatura Superior de la Policía Nacional da por hecha su primera parte del trabajo. El Juzgado de Instrucción número 3 incoó diligencias previas bajo el número 437/17 y libró un oficio a ese Cuerpo para que procediese a la identificación de los okupas con el fin de poder actuar.
Según explicaron ayer fuentes policiales a este periódico, con las identidades de quienes se han hecho con las casas se podrá citarles a declarar, momento en el que presumiblemente la Fiscalía se sumará a la propuesta de desalojo cautelar que ya solicitó al formalizar su denuncia el administrador concursal de la promotora de los edificios, ‘Vial Inmuebles’, que sigue siendo su propietaria.
Fuentes de la Delegación del Gobierno aseguraron ayer que en la Jefatura se da por cumplido el trámite: “Las diligencias están realizadas y entregadas al Juzgado correspondiente y el Poder Judicial ya tiene toda la investigación policial para, cuando lo estime, proceder a dar orden de salojo a la Policía”, resumieron con una negativa expresa a dar más detalles.
El consejero de Gobernación, Jacob Hachuel, aseveró el viernes que la Policía Local no había podido identificar a más okupas que a los catorce ‘fichados’ durante los primeros días después del asalto, ya que “cuando ven que son agentes no les abren las puertas”. A dos de ellos, beneficiarios de ayudas sociales, se les han retirado.
El consejero de Fomento también ha elaborado un Decreto instando al desalojo de los asaltantes en base a un “grave riesgo para su vida” aprecado en las condiciones en las que se encuentra el inmueble, cerrado desde hace años pero todavía con grúas de obra, entre otros elementos, en sus inmediaciones. Dicho Decreto se remitirá a la Administración Concursal para que lo traslade al Juzgado.
LOS APUNTES
- Delito
Usurpación. El Código Penal prevé prisión de uno a dos años para quienes, “con violencia o intimidación en las personas, ocupare una cosa inmueble”. La pena se rebaja a multa de entre 3 y 6 meses por ocupar “sin autorización debida”, un inmueble, vivienda o edificio ajenos “que no constituyan morada” o por mantenerse en ellos “contra la voluntad de su titular”.
- Desalojo
Medidas cautelares. Para la adopción de la medida cautelar de desalojo es necesario que se cumplan dos requisitos: indicios de criminalidad contra determinada persona o personas a las que afecte la adopción de las medidas cautelares y necesidad, idoneidad y proporcionalidad de la medida.
- Asalto
25 de septiembre. Los asaltantes ocuparon todas las viviendas de la promoción de Huerta Téllez la madrugada del pasado 25 de septiembre, hace ya más de dos semanas.
“No abrir la puerta ni invitarles a entrar”, treta usual
“Cuando un propietario presenta una denuncia, el Juzgado de Instrucción ordena a la policía unas ‘diligencias’ que básicamente consisten en identificar a ‘los ocupantes’. Si estás en la calle, tienes la obligación de entregar la documentación si te lo indican pero no estás obligada a hacerlo si te encuentras en el interior del edificio”, explica el ‘Manual okupa’.
El documento reseña que “esto, obviamente, no resuelve el problema, porque en ocasiones acuden varias veces o se niegan a marcharse hasta que alguien se identifique, por lo que recomendamos, en cualquier caso, no abrir la puerta, ni invitarles a entrar”.
“Una identificación en esta situación equivale a convertirse en la persona candidata a ser imputada por un delito de usurpación”, alerta antes de indicar que “normalmente, cuando vienen varias veces y nadie se identifica, lo cual es más común en el caso de viviendas, pueden dar comienzo al procedimiento penal”. “A veces, si se dicta un desalojo cautelar y no hay nadie identificado, la orden estará dirigida ‘a los desconocidos ocupantes”, explica.
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