El tribunal de la Audiencia Provincial les impuso diferentes penas de prisión inferiores a los dos años y, aunque no ingresarán en prisión, deberán pagar a sus acreedores. El tribunal de la Audiencia Provincial dictó ayer sentencia condenatoria para los cuatro acusados de cometer un delito de solvencia punible al perjudicar a sus acreedores tras la quiebra de la empresa (Construcciones Fiengo S.l.) de la que algunos de ellos eran administradores. Dos de ellos fueron condenados a seis meses de prisión y al abono de 180 euros de multa. Previamente, estas personas habían abonado 120.000 euros en concepto de responsabilidad civil. Por su parte, el principal acusado fue condenado a dos años de prisión (un año y medio por un delito y seis meses por otro) más el abono de una multa total de 900 euros. La única mujer acusada, que estaba en el juicio como cooperadora necesaria del anterior, fue condenada a seis meses de prisión y al abono de 540 euros como multa. Ambos deberán abonar antes del día 15 de octubre una responsabilidad civil de 275.000 euros de forma solidaria. Las defensas solicitaron que se les concediera a los acusados el beneficio de la suspensión condicional de la condena y el tribunal accedió a ello. Esto implica que ninguna de las personas que ayer se sentaron en el banquillo de los acusados tendrá que ingresar en la cárcel bajo la condición de no delinquir en los próximos dos años. Todos los acusados mostraron su conformidad con los hechos que se les imputaba y con la pena que les ofrecía el representante del Ministerio Fiscal, reconociendo así ser los autores criminalmente culpables de los delitos.
Los hechos por los que todos comparecieron ante el tribunal tuvieron lugar entre los años 1999, 2000 y 2001. Todos ellos, excepto la mujer, eran administradores de una empresa que se dedicaba a la construcción y que era responsable del ‘Edificio Presidente’, en el Morro. Tras una situación de grave crisis económica por pérdidas acumuladas la sociedad se disolvió. Entonces los acusados actuaron de forma conjunta con el fin de vaciar patrimonialmente la sociedad, evitando así que sus acreedores pudieran cobrar sus deudas. Para ello trataron de dar una imagen de solvencia de la empresa que no se ajustaba a la realidad haciendo constar en el Registro Mercantil valores superiores a los verídicos. Del mismo modo desviaron fondos de sus explotaciones para dedicarlas a inversiones improductivas en entidades mercantiles que formaban parte del mismo grupo empresarial y aplicaron fondos de la sociedad para fines personales. En un momento dado, el principal acusado quedó como único administrador y logró poner a nombre de su mujer, la única acusada, una finca que posteriormente fue vendida, sacando la propiedad del patrimonio de la sociedad. De esta forma concluye uno de los primeros escándalos inmobiliarios de Ceuta que data del año 2002 y que acumuló varias protestas.