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La Audiencia absuelve a un joven acusado de tráfico de hachís con uso de menores

Por Carmen Echarri
10/11/2013 - 11:07
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Cuando el magistrado Fernando Tesón ordenó, el pasado 12 de junio, que la Policía Nacional le retirara las esposas a un joven, acusado de un delito contra la salud pública con el agravante de uso de menores, todo hacía suponer que fuera absuelto, evitando la condena de 6 años y medio de prisión que solicitaba el Ministerio Fiscal. Pues bien. Es ahora cuando la Sección VI del máximo órgano judicial en la ciudad ha hecho público el fallo con el que absuelve a este joven después de haber permanecido cinco meses en prisión por estos hechos. La falta de pruebas ha sido clave a la hora de hacer prevalecer la presunción de inocencia del joven, desvinculándolo de trama alguna para utilizar a adolescentes en el tráfico de pequeñas cantidades de hachís adosadas al cuerpo.
En la sentencia íntegra a la que ha tenido acceso El Faro, se indica que las tesis de la Acusación de vincular al imputado con el hachís han quedado “en la penumbra”,  prevaleciendo la presunción de inocencia sobre cualquier otra carga que hiciera hacer valer su implicación en los hechos. Así, las tesis manifestadas en la vista oral por el abogado del joven, Francisco Javier Izquierdo, en las que insistía en la inexistencia de pruebas han sido válidas a la hora de dictar el fallo absolutorio y firme. “No se ha podido conculcar la presunción de inocencia”, se señala en los fundamentos de este fallo absolutorio.
Este joven fue detenido por la Policía en el puerto cuando regresaba de Algeciras, después de que ya en Ceuta hubiera sido detenida una menor con un kilo y 700 gramos adosados al cuerpo. El acusado fue relacionado con el pase por un apodo, el que dio la menor después de que le hubieran fajado el cuerpo con hachís en un garito del Príncipe. Pese a que el tribunal considera que la actuación policial “parece haber sido plenamente bienintencionada” resalta que pudo existir una forma precipitada a la hora de confirmar una sospecha previa y detener al imputado. Este, era recordado por los policías porque en su embarque hacia Algeciras ya le habían registrado y había levantado sospechas, así que, tras detener a la menor y narrar esta que el dueño de la droga había embarcado antes, concluyeron que habría sido él.
Ya detenido, le relacionaron con un apodo, que es el que dio la menor. A ojos del tribunal, no se concluye con el grado suficiente esa vinculación delictiva como para justificar “una condena”. Ya en su día, la menor interceptada con la droga fue condenada a cumplir en el centro de reforma de Punta Blanca una pena por su implicación evidente en un delito contra la salud pública. Su arresto coincidió en el tiempo con el de más menores, lo que llevó a la Fiscalía a adoptar medidas de condena mucho más contundentes.

Sin investigaciones posteriores tras la declaración de la menor detenida

Uno de los asuntos que se ha puesto en evidencia en torno a este caso es el dato de que nunca se llevara a cabo una investigación sobre el lugar en el que, supuestamente, se habría hecho la carga de la droga. La menor, tras su arresto, declaró que se le había fajado con droga en un garito del Príncipe. Es decir, en ese punto, del que se dijo su ubicación, había cantidades de hachís y se le ayudó para que portara la sustancia adosada a su cuerpo y, con la misma, pasar a Algeciras. Después de la intervención que llevaron a cabo en el puerto agentes de la Policía Nacional, no se efectuó de manera paralela otra investigación para conocer realmente qué pasaba en ese garito y poder detener a las personas que estaban detrás del almacenamiento y preparativo de pequeñas cantidades para los pases. En el caso de marras existió mucha alarma social, ya que este suceso se produjo en una época en la que se detuvo a más menores con droga en su poder, conociéndose del empleo de adolescentes para los pases de pequeñas cantidades de hachís generalmente adosadas. La Audiencia ya ha dictado sentencias condenatorias por uso de menores para este fin.

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