La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha dictado sentencia absolutoria a favor de dos agentes de la Policía Nacional que fueron acusados de robo con intimidación por un marroquí. Con el dictamen del máximo órgano judicial en la ciudad se pone fin a “tres años de calvario”, tal y como apunta la defensa de los imputados. La única prueba que existía contra la pareja de policías era el testimonio de la presunta víctima, que llegó a cambiar sus declaraciones en varias ocasiones, y según las instancias ante las que tenía que prestar testimonio.
Los hechos enjuiciados tuvieron lugar en 2007, cuando la pareja prestaba control en la estación marítima como parte de las medidas antiterroristas. Un individuo les resultó sospechoso por lo que procedieron al registro de su vehículo y de él mismo, encontrándole una elevada suma de dinero que ascendía a unos 30.000 euros. Horas después el detenido podía dar una explicación al origen del dinero aduciendo que procedía de la venta de una casa en Marrakech. Con su puesta en libertad terminaba, se supone, una intervención más. Pero no fue así. Horas después, y tras que el detenido marchara a Marruecos y regresara a Ceuta, éste acudió a la comisaría para acusar a los dos policías de haberle sustraído parte del dinero.
Y es aquí donde comienza el calvario para dos agentes que durante todo este tiempo han permanecido en el punto de mira, pendientes de una resolución judicial que conllevaba pena de cárcel e inhabilitación. Es decir, el futuro de dos agentes en la cuerda floja por el único testimonio de una supuesta víctima. ‘El Faro’ tuvo conocimiento de esta historia en aquellos años pero optó por no publicarla evitando dar una imagen de los agentes que, todo apuntaba, no se ajustaba a la realidad. Ahora llega la sentencia en la que el tribunal ha tenido en cuenta, precisamente, la falta de pruebas y lo variable de las declaraciones de la víctima, incapaces de enervar la presunción de inocencia.
La defensa siempre ha mantenido que la acusación carecía de fundamento. Primero, porque dos agentes no roban un dinero a plena luz del día, en el párking de la estación marítima, a la vista del vigilante y en una zona repleta de cámaras controladas por la Policía del Puerto de manera constante. Y segundo, porque el denunciante declaró inicialmente que le habían amenazado con una pistola para quitarle el dinero para, después, eliminar el arma del relato aportado.
En su sentencia la Audiencia ha dejado claro que la única prueba de cargo en esta historia -la declaración de la víctima- debe ser contundente para condenar a los acusados, y, en el caso de marras, no lo es, quedando así destruida por sí misma.