El Juzgado de Instrucción número 4 de Ceuta ha decretado la nulidad de todas las diligencias de investigación practicadas y el archivo de las actuaciones enmarcadas en la operación Perla Costa, una de las más importantes llevada a cabo por la Guardia Civil tanto en nuestra ciudad como en otras zonas del sur peninsular en octubre de 2019, que se saldó con más de un centenar de investigados por presuntos delitos de tráfico de drogas e inmigrantes. El juzgado adopta esta decisión después de haberse agotado el plazo de instrucción sin haberse acordado la prórroga de la investigación, por lo que decreta el sobreseimiento libre de las actuaciones. Así se recoge en un auto a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta.
Esta medida se adopta después de que el abogado Javier Izquierdo, en nombre de uno de los investigados, presentara un escrito solicitando esa nulidad de todas las diligencias practicadas ya que no se había decretado la prórroga de la instrucción de conformidad con el artículo 324.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, lo que de hecho supone dejar sin efecto toda la operación desarrollada, en la que fueron movilizados más de 500 guardias civiles en Ceuta y la Península, ejecutando cuantiosos registros en distintas viviendas.
A la solicitud de Izquierdo se adhirieron las demás partes personadas en este caso a excepción del Ministerio Fiscal. En la misma, el abogado exponía cómo sin haberse decretado esa prórroga se continuó instruyendo citando a declarar a personas en calidad de investigadas, sustentando la petición de nulidad en la jurisprudencia del Supremo existente al respecto.
El auto es demoledor y supone la puntilla a lo que la Benemérita difundió como una de las operaciones más relevantes llevadas a cabo bajo la coordinación de la OCON y que, en el caso de Ceuta, llevó a que en la madrugada del 25 de octubre de 2019 prácticamente la barriada del Recinto se despertara tomada por componentes de este Cuerpo.
La magistrada expone que se está ante un procedimiento que tiene sus raíces de investigación en el año 2018 y en el que figuran más de 100 investigados. “Han pasado más de 3 años del inicio de la investigación y durante todo este periodo ni siquiera se ha practicado la totalidad de la declaración de investigación”, expone. “Además, tratándose de una causa donde se investigaba un delito contra la salud pública y delito contra la inmigración ilegal, que se inició por medio de intervenciones telefónicas, no consta en la causa ni análisis de drogas, ni adveración y cotejo de las conversaciones telefónicas, ni ninguna otra diligencia probatoria”, reseña.
A diferencia del criterio expuesto por la Fiscalía en su oposición a la nulidad solicitada y finalmente acordada, se reseña en el auto que los plazos del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal son plazos propios y no impropios, es decir, “no nos encontramos ante plazos orientativos o voluntaristas, sino imperativos, fijados legalmente con la finalidad de poner coto a los excesos procesales temporales que puedan traducirse en indefensión para el investigado. La conveniencia de tal plazo y de su duración puede discutirse a nivel doctrinal pero no cuestionarse jurisprudencialmente”, remarca.
Esa vulneración de los plazos no puede ampararse en el déficit de medios estructurales o materiales de la Administración de Justicia, sino “en un modo de evitar que tal realidad sea interpretada en detrimento del derecho de defensa y a un proceso sin dilaciones indebidas”.
"Durante los más de 3 años que llevamos de instrucción, solo se ha acordado como diligencia la práctica de alguna de las más de 100 declaraciones de investigado”
En este caso, remarca su señoría, “no se ha practicado una sola diligencia de investigación durante el plazo legal, ni siquiera después más allá de la declaración de parte de los investigados”, concreta.
“Debemos de entender que procede decretar el sobreseimiento de las actuaciones, toda vez que durante los más de 3 años que llevamos de instrucción de la causa, solo se ha acordado como diligencia de prueba la práctica de alguna de las más de 100 declaraciones de investigado, habiéndose practicado sin haberse decretado la prórroga y sin que exista declaración de complejidad algunas diligencias de toma de declaración a los investigados. Y no constando elementos suficientes para poder continuar con la instrucción, dada cuenta de que las diligencias de declaración de investigado se han realizado incumpliendo lo dispuesto en el artículo 324 de la Lecrim, debemos de concluir que las mismas son nulas, y procede en consecuencia decretar el sobreseimiento libre de las presentes actuaciones”, zanja en su escrito.
La ‘Perla-Costa’ ha sido una de las operaciones más relevantes, que han estado engarzadas a su vez con otros golpes llevados a cabo en el sur peninsular y Ceuta, vinculados todos ellos a tráfico de drogas y con ramificaciones de blanqueo de capitales.
En cifras, a los 500 guardias civiles movilizados se sumaron las hasta 48 entradas y registros ejecutados y los finalmente más de 100 investigados.
Las actuaciones se desarrollaron en los barrios del Recinto, Pasaje Recreo, Cortadura del Valle, Príncipe, Hadú, Morro, los pisos de colores de la Marina, Loma Colmenar y Margarita.
Esta macrooperación contó con la participación de las Comandancias de Málaga, Ceuta y Algeciras, así como de las unidades especiales Grupo de Acción Rápida (GAR), Grupos de Reserva y Seguridad (GRS), Organismo de Coordinación del Narcotráfico (OCON), Servicio Marítimo, USECIC y Servicio Aéreo, además de las distintas patrullas.
En sus informes presentados ante el juez, la Benemérita llegó a reflejar que eran objetivo de vigilancia por parte de los investigados, en el marco del reparto de roles que les había atribuido a todos ellos.
En el balance publicado recientemente por el Instituto Armado ha incluido la ‘Perla Costa’ como una de las operaciones más relevantes de las ejecutadas durante los últimos años.
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