El abogado defensor de A.D.B., el exprofesor del Colegio San Agustín de Ceuta que ha sido juzgado en la Audiencia Provincial por la comisión de ocho presuntos delitos de naturaleza sexual con menores de edad procedentes de su círculo del centro escolar, su equipo de fútbol o la Cofradía de Las Penas, ha cerrado la vista oral este jueves con un informe de conclusiones finales en el que ha pedido la absolución o, en el peor de los casos, la aplicación de una atenuante de dilaciones indebidas entre marzo y noviembre de 2020, cuando el procedimiento estuvo parado esperando la calificación de la Fiscalía.
El acusado ha ejercido su derecho a decir la última palabra: “No reconozco la mayoría de los Whatsapp, muchos ni los recordaba”. “No sé ni cómo, ni cuándo… No sé cómo aparecieron en mi ordenador las tres fotos” de uno de sus alumnos desnudo, ha alegado antes de deslizar que podrían haberlas dejado allí alguno de sus estudiantes de confianza que frecuentaban su domicilio.
Javier Cabillas ha tildado de demasiado “indeterminado” y “falto de concreción”, hasta el punto de generar “indefensión”, el escrito del Ministerio Fiscal (que solicita 66 años de prisión para el acusado) y apenas se ha referido al de la acusación particular (que pide 7 años y tres meses). “Todo es inventado o está en el aire”, ha rechazado “con todo el respeto”.
“No hemos escuchado el dolo que exige cualquier delito contra la libertad o la indemnidad sexual: tiene que haber un ánimo de atentar que no se recoge en el relato de hechos de la acusación, totalmente aséptico, objetivo y carente de finalidad, algo que se ha intentado suplir aludiendo al ánimo libidinoso, que no tiene nada que ver”, ha razonado el letrado. Desde su punto de vista, si “el establecimiento de los hechos es la clave de bóveda de todo el sistema acusatorio” debe concluirse que “la Fiscalía no ha formulado debidamente su escrito al no recogerlo”.
El abogado ha argumentado que el Ministerio Público ha “desbordado” los límites del auto de procedimiento abreviado al referirse a 298 rastros de acceso a páginas web de pornografía infantil, como la acusación particular al reivindicar un agravante de “prevalimiento” sobre el delito de abusos sexuales.
En cuanto a las “irregularidades” que desde su punto de vista deberían anular las pruebas fundamentales del caso, recogidas en el ordenador, la tableta y el teléfono móvil del acusado, Cabillas ha sostenido que no se puede “despojar de todo valor” a la cadena de custodia de lo intervenido.
“La numeración de las bolsas de los distintos elementos no coinciden y no hemos sabido dónde estuvieron guardados realmente; la extracción de información se pidió cuatro meses después del registro y la autorización judicial; se desprecintó sin presencia de fedatario y no hay código alfanumérico que asegure que los volcados de esas evidencias coinciden con el original”, ha enumerado los supuestos defectos de forma acumulados.
En su exposición se ha remitido a la jurisprudencia al Supremo para recordar que la “manipulación” de archivos digitales procedentes de aplicaciones como Whatsapp es posible y que su aportación en formato papel a las diligencias “desplaza la carga de la prueba” sobre la acusación. “Hicimos una pericial que puso en duda los mensajes aportados y se impugnaron, pero nunca hubo un informe que acreditase que las comunicaciones son reales: no hay ninguna prueba”, ha justificado su afirmación de que “hay motivos suficientes para descartar la validez probatoria de la tableta y el móvil”.
“Tras escuchar a los guardias civiles que recibieron la primera denuncia el galimatías es todavía mayor que al principio: no sabemos cómo fueron los momentos iniciales”, ha lamentado la defensa, que ha destacado la “corriente” de testigos que han dicho que la forma de hablar con el acusado “guste o no, se vea lógica o no”, era la que usaban en ese círculo.
“La acusación no da crédito a esas manifestaciones que dicen que ellos se hacían las fotos, que no se daban masajes en zonas erógenas, que no había depilaciones en parte genital, pero eso es lo que han mantenido sin contradicciones… No estamos aquí para especular sobre lo que se quería decir o no”, ha hilvanado Cabillas, que en relación con la única declaración incriminatoria ha apuntado que su autor “ha ido de menos a más” y “ha terminado viendo ‘carácter sexual” en las fotografías de él desnudo que aparecieron en la computadora del enjuiciado.
El letrado ha criticado que “se pretende sobredimensionar los hechos” a partir de esas imágenes y el regalo de unas zapatillas, “pero el testigo no supo ni decir qué fue antes en su relato muy muy muy genérico”. “Ni periféricamente se puede corroborar la veracidad de las manifestaciones de alguien que entabló una contienda judicial con el acusado por la denuncia de vulneración de una medida cautelar de alejamiento que fue sobreseída”, ha cuestionado la veracidad y credibilidad del hijo de la denunciante.
“Hasta de las bromas se intenta hacer delito”
“De un testigo se debe valorar que diga tanto lo bueno como lo malo, pero este se buscó la forma de no decir ni que el acusado le animaba a estudiar”, ha subrayado antes de repudiar que “hasta de las bromas se intenta hacer delito en este procedimiento” en relación con las conversaciones sobre la compra de un “tanga sexy” para un joven.
Además, ha remarcado que la relación directa profesor-alumno sería un agravante “que debía acreditarse y no se ha hecho” y que tampoco se ha certificado si accedía a los vestuarios “obligado por el colegio o con la finalidad que se ha dicho”. “Se ha reprochado como corruptor que un docente hable con estudiantes de preservativos y será llamativo, pero hay guías oficiales sobre prácticas sexuales seguras que animan a su utilización, hoy día no es tan llamativo”, ha destacado. De “esotérico” ha tachado “que la Fiscalía diga que quería hacer una práctica de colocación”.
“La Generalitat catalana ha repartido guías de masturbación para niños de 10 años y el Ayuntamiento de Getafe ha distribuido manuales titulados ‘Apaga la tele, enciende tu clítoris’… Eso será llamativo, como que el profesor hablase de ello con los jóvenes, pero no se puede confundir lo moral con lo jurídico ni lo irreverente, ilógico o chirriante con lo delictivo, porque ahí hay una frontera que no se puede traspasar”, ha concluido.
Para terminar ha repasado uno por uno los delitos que se imputan a su cliente para intentar desmontarlos: no halla elementos para señalarle por empujar a nadie a prostituirse ni base para achacarle ‘sexting’, que exige “que el primer contacto sea por tecnologías de la información”. Igualmente ha cuestionado que pueda considerarse “pornografía” las imágenes que supuestamente sacaba o recibía de niños, pues “aquí no hay sexo explícito ni, en el 99% del material, fotos de sus órganos sexuales, pero en ningún caso groseras”. “Podremos coincidir en que hay un vídeo fuera de lugar, pero no pornográfico”, ha repasado la delgada línea con la que niega fundamento para imponer cualquier reproche penal a su defendido.
Además, ha cuestionado que la Fiscalía se haya erigido en acusación por “padres que no quisieron denunciar cuando sus hijos eran menores y estos como adultos tampoco”. “Es un delito semipúblico en el que queda en manos de la víctima reclamar o no: no querían denunciar, no querían venir a juicio, hicieron todo lo posible por retirar las órdenes de alejamiento, pero se les ha metido”, ha lamentado.