Mohamed Azziz fue encontrado muerto en el interior de su vehículo, cerca del Jaral.
La causa judicial abierta para esclarecer el brutal crimen que terminó con el asesinato, a disparos y carbonizado, de Mohamed Aziz, conocido como Caniche, en diciembre de 2014 sigue su curso. La Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha dictado un auto por el que revoca el auto de conclusión del sumario, ordenando que se tasen los desperfectos ocasionados en el vehículo dentro del cual se quemó a la víctima, atendiendo así la petición cursada por el Ministerio Fiscal.
Pero esto no es lo más importante de un auto a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro, ya que en el mismo, el máximo órgano judicial en la ciudad plantea la posibilidad de que la causa se siga por Tribunal de Jurado, decisión que deja en manos del Juzgado de Instrucción, el número 2.
La Sección VI aclara que si bien la causa se sigue contra varias personas por considerarse que de una u otra manera estuvieron implicadas en el plan preconcebido para matar a Caniche, existe un delito, el de homicidio, cuyo órgano competente para enjuiciamiento debería ser el Tribunal de Jurado. Esto llevaría a la transformación del procedimiento porque desde el principio no ha seguido estos trámites, algo que, a juicio de la valoración de la Audiencia, debe determinar el Juzgado de Instrucción. “Partiendo de esta posibilidad”, valora la Audiencia, “surge el interrogante de si debe seguirse la causa por los trámites del procedimiento ante el Jurado por todos o algunos de los hechos investigados y no solo por los que podrían suponer delitos contra la vida consumados”, aprecia.
En este caso, “al seguirse las normas del procedimiento ordinario no ha existido una previa decisión de apertura del juicio oral adoptada por el instructor. Además no se está en condiciones de decidir al respecto porque la conclusión del sumario debe revocarse, devolviéndose las actuaciones al órgano instructor. En esta tesitura procesal no tiene sentido que el Tribunal”, advierte la Audiencia, “lo decidiera ahora” ya que “vuelto a la fase de instrucción es ahí donde debe plantearse si efectivamente procede modificar el cauce procesal seguido hasta ahora y cómo llevarlo a cabo”.
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