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Ser pensionista y trabajar a la vez: novedades en la jubilación ya en vigor

Vigentes desde este 1 de abril las mejoras en la compatibilidad de la pensión con el trabajo mediante el Real Decreto que regula la jubilación activa, la jubilación demorada y la jubilación parcial

Ser pensionista y trabajar a la vez se plantea como una de las posibilidades a las que se pueden acoger los profesionales de Ceuta. Y, precisamente, este martes 1 de abril, entran en vigor las nuevas medidas para compatibilizar la pensión con el trabajo, aprobadas por el Consejo de Ministros mediante el Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre.

Estas reformas, fruto del acuerdo en la Mesa de Diálogo Social de Seguridad Social y Pensiones, introducen cambios en la jubilación activa, la jubilación demorada y la jubilación parcial, con el objetivo de facilitar una transición más flexible y progresiva hacia la jubilación.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha destacado que estas modificaciones buscan adaptarse a las circunstancias individuales de cada trabajador, permitiendo mayor flexibilidad en la planificación de la jubilación.

Principales cambios en la jubilación activa

Uno de los aspectos más destacados de la nueva normativa es la eliminación del requisito de tener una carrera de cotización completa para acogerse a la jubilación activa.

Esto amplía el acceso a esta modalidad, con especial impacto en la población femenina, que históricamente ha experimentado carreras laborales más cortas e intermitentes debido a responsabilidades de cuidado.

En la jubilación activa, que permite seguir trabajando mientras se cobra parte de la pensión, se establece un incremento progresivo de la prestación en función de los años de compatibilidad:

  • 1 año de trabajo adicional: el beneficiario recibe el 45% de la pensión.
  • 2 años: 55% de la pensión.
  • 3 años: 65% de la pensión.
  • 4 años: 80% de la pensión.
  • 5 o más años: 100% de la pensión.

Además, cada 12 meses ininterrumpidos de actividad en esta modalidad, la pensión se incrementará en un 5% adicional, sin superar el 100% de la prestación total.

Otro cambio significativo es que, a partir de ahora, la jubilación activa será compatible con los incentivos por demora, algo que hasta la fecha no se contemplaba en esta modalidad.

Incentivos mejorados en la jubilación demorada

En el caso de la jubilación demorada, la reforma introduce un nuevo incentivo del 2% por cada seis meses de retraso a partir del segundo año, una novedad frente al sistema anterior, que solo contemplaba bonificaciones anuales.

Desde 2022, los trabajadores que optan por retrasar su jubilación pueden elegir entre tres incentivos:

  • Un aumento del 4% de la pensión por cada año adicional de trabajo.
  • Un pago único (cheque), cuya cuantía varía según la base reguladora.
  • Una combinación de ambas opciones.

Con la nueva normativa, se añade la posibilidad de recibir un incentivo adicional del 2% por cada semestre adicional después del segundo año de retraso.

Cambios en la jubilación parcial

Las modificaciones también afectan a la jubilación parcial, introduciendo cambios en los plazos y en las condiciones del trabajador relevista.

Entre las novedades más importantes destacan:

  • Ampliación del período de anticipo de jubilación de 2 a 3 años.
  • Adaptaciones en la reducción de jornada, ajustando el porcentaje de tiempo trabajado en función del anticipo de jubilación.
  • Mejoras en la contratación del trabajador relevista, que ahora deberá tener un contrato indefinido y a jornada completa.

Solicitud y vías de información

Los ciudadanos que quieran acogerse a cualquiera de estas modalidades podrán hacerlo a través de los canales oficiales del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Las solicitudes pueden presentarse de manera presencial o telemática, a través de la web oficial de prestaciones.

Para resolver dudas o recibir asistencia, se puede contactar con el servicio de atención telefónica del INSS:

  • 901 16 65 65 / 91 542 11 76 (información general).
  • 901 10 65 70 / 91 541 25 30 (solicitud de cita previa).

Objetivo: una jubilación más flexible y progresiva

Estas reformas se enmarcan dentro de las recomendaciones del Pacto de Toledo, concretamente en su recomendación 12 sobre la edad de jubilación, y completan el proceso de reformas iniciado en 2021. Su propósito es acercar la edad efectiva de jubilación a la edad legal ordinaria, ofreciendo más opciones y flexibilidad para los trabajadores en su transición hacia el retiro.

Con estas medidas, el Gobierno busca fomentar el empleo en edades avanzadas, garantizar una salida gradual y adaptada a cada trabajador, y ofrecer mayores incentivos para quienes decidan retrasar su jubilación.

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