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¿Qué hacer frente a los impagos?

Uno de los principales problemas que nos encontramos en las relaciones comerciales actualmente es la morosidad. Muchas veces, el pequeño empresario, mayoritario en nuestra ciudad y en todo nuestro País, cree estar desprotegido frente a estas. Frente a un impago el primer paso sería requerir fehacientemente el pago de la deuda, siendo imprescindible tener constancia del envío, la recepción y el contenido de tal requerimiento. Estos requisitos tradicionalmente se cumplen mediante el envío de burofax con certificación de contenido, aunque actualmente existen otros medios más sencillos y económicos como el correo electrónico o el sms certificado, con plena validez legal.
Posteriormente habría que intentar la gestión extrajudicial del cobro, para lo cual es aconsejable contratar los servicios de un abogado, quien cobrará un pequeño porcentaje sobre el importe de la deuda. En muchas ocasiones, el mero hecho de recibir una carta de un Despacho de Abogados tiene un efecto más que disuasorio. También cabe la posibilidad de reportar la deuda a ficheros de morosos, como ASNEF o RAI, mientras que esta exista, impidiendo al deudor acceder a financiación, por ejemplo.
En segundo lugar, ya solo cabe la vía judicial. Las reformas de la Ley de Enjuiciamiento Civil, así como los tratados internacionales ratificados por España han ampliado las posibilidades de cobro judicial de deudas tanto en España como en el resto del mundo. Han surgido en los últimos años procesos bastante rápidos a tal efecto, como es el proceso monitorio, mediante el cual, con la simple acreditación de la deuda mediante facturas, albaranes o cualquier otro documento, el Juzgado requerirá el pago en el plazo de 20 días hábiles, transcurridos estos, sin que el demandado formulase oposición, esta deuda será firme, pudiendo pedirse al juzgado su ejecución. Este mismo proceso se aplica en el ámbito de la UE, a través del denominado proceso monitorio europeo, con lo cual también podríamos gestionar el cobro de forma simplificada de deudas de empresas o particulares asentados en otro país de la UE. Este proceso monitorio europeo, al igual que el monitorio español, permite también el cobro de las deudas contraídas con las comunidades de propietarios, lo cual es bastante útil en nuestro país donde miles de ciudadanos de la Unión tienen establecida su segunda residencia.
El proceso monitorio se complementa con el juicio verbal para asuntos de menor cuantía, en el cual no es preceptiva la intervención de abogado y procurador para los asuntos inferiores a 2000?, aunque en la práctica es más que aconsejable la intervención del abogado para no quedar en desventaja frente al deudor, quien con seguridad acudirá a juicio con asistencia letrada.
En los últimos años está cobrando importancia el Arbitraje, que es uno de los llamados sistemas alternativos de resolución de disputas, que se diferencia básicamente en que la función del juez la desempeña un árbitro, quien también es jurista, al igual que el Juez o el Magistrado. Los árbitros suelen ser seleccionados por las distintas cortes arbitrales tanto nacionales como internacionales, de entre Abogados, Catedráticos o Académicos con larga trayectoria profesional y reconocido prestigio y altamente especializados en la materia de la que van a conocer.
El arbitraje ofrece bastantes ventajas frente a la jurisdicción ordinaria, sobre todo en los plazos, siendo mucho más rápido el proceso arbitral, con menores costes, y con gran especialización. Además, en el arbitraje están limitados los recursos, por lo que podemos evitar que si litigamos contra una parte mucho más fuerte, pueda utilizar estos para hacernos desistir del proceso.
En definitiva, actualmente existen numerosísimos medios para garantizar el cobro de sus deudas y con un costo bastante limitado, tanto para empresarios como para particulares. No obstante, le aconsejamos siempre consultar con su abogado para la redacción de contratos, condiciones generales de contratación, o condiciones particulares con el fin de evitar mayores dificultades a la hora de exigir el pago.
Alonso Hiecke Abogados cuenta con colaboradores con más de 30 años de experiencia en la recuperación de cartera, habiendo desempañado cargos directivos en importantes entidades bancarias.

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