El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) ha publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público la licitación correspondiente al servicio de transporte sanitario aéreo para el Área de Atención Sanitaria de Ceuta.
Con un valor estimado del contrato de 11.977.824 euros, un importe de 5.988.912 euros, la Gerencia de Atención Sanitaria del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria plantea un plazo de ejecución de dos años, siendo el límite de presentación de la oferta hasta el 3 de julio hasta las 14:00 horas.
En la descripción del procedimiento se señala como prestación sanitaria a los usuarios de Atención Sanitaria de Ceuta.
En el contenido del pliego de prescripciones técnicas queda establecido que el objeto del contrato es “la prestación del servicio de transporte sanitario urgente en helicóptero especialmente acondicionado al efecto para trasladar desde el hospital de Ceuta hasta el helipuerto o aeropuerto más próximo a hospitales situados en Andalucía, y/o viceversa”.
Los beneficiarios serán los pacientes “a los que el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, tenga el deber legal o convencional de prestar dichos servicios, previa determinación por la Gerencia de Atención Sanitaria de que concurren en el enfermo causas médicamente justificadas que aconsejen la utilización de dicho medio de transporte”.
El pliego destaca además que el ámbito territorial de actuación “será el comprendido entre la ciudad de Ceuta, la zona marítima del estrecho de Gibraltar y la Comunidad Autónoma de Andalucía”.
Sobre lo que incluirá el servicio, se deja claro que será “el transporte sanitario asistencial y secundario o interhospitalario de pacientes desde el Hospital Universitario de Ceuta hasta los aeropuertos o helipuertos más próximos a hospitales de Andalucía, cuando las condiciones sanitarias y de transporte lo permitan”.
Asimismo, se especifica que “cuando el destino del paciente sea el hospital de Cádiz y el helicóptero tenga que aterrizar en la zona franca de esa ciudad, el 061 de Cádiz activará un vehículo sanitario para el traslado del paciente y será el personal sanitario del helicóptero quién asistirá al enfermo hasta dicho hospital de Cádiz”.
Por otra parte, el documento señala que también se contempla “el transporte sanitario asistencial y secundario o interhospitalario de retorno de pacientes desde los aeropuertos o helipuertos más próximos a hospitales de Andalucía hasta el hospital de Ceuta”, así como “todas aquellas misiones, relacionadas con el traslado sanitario aéreo de pacientes, que le sean encomendadas por la Gerencia de Atención Sanitaria del Ingesa en Ceuta”.
Se incluye igualmente como parte de la prestación del servicio “el transporte de órganos humanos y otros traslados relacionados con la donación y el trasplante que sean competencia del Ingesa, cuando no exista otra alternativa”, sumando “el traslado de pacientes para trasplante con 1 acompañante, en cuyo caso solo será necesaria la presencia de 1 sanitario en la aeronave, en lugar de los 2 habituales”.
Por otra parte y de manera excepcional, con autorización expresa de la Dirección Médica o de la Jefatura de guardia, asimismo puede hacerse “el traslado de sangre, hemoderivados, fármacos, cualquier otro elemento relacionado con la atención a pacientes y personal sanitario, cuya no disponibilidad inmediata suponga un riesgo importante para los pacientes atendidos en Ceuta, y no pueda ser trasladado a tiempo por otros medios de transporte”.
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