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La Fiscalía recurre el archivo del caso de los mensajes atribuidos a Vox

La Fiscalía de Ceuta se ha dirigido a la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en la ciudad autónoma para recurrir en vía de apelación el sobreseimiento de la causa sobre los mensajes islamófobos de Whatsapp atribuidos a varios miembros de la cúpula de Vox en Ceuta y susceptibles de entrar en el tipo penal de odio según los denunciantes. Desde su punto de vista, el archivo sin practicar diligencia alguna es, “con independencia del resultado de la investigación, en el momento procesal actual, prematuro”.

El recurso del Ministerio Público se refiere a la jurisprudencia del Tribunal Supremo para argumentar que en este caso también se ha entrado “anticipadamente” en el fondo y que ello “equivale en todo a una sentencia”, con lo que se causa “indefensión” a la acusación, pues “no cabe apreciar una causa de justificación (como la libertad de expresión o la legítima defensa) sin haberse celebrado el juicio”.

No al archivo “ex ante”

A ojos de la Fiscalía de Área, una vez extinguido “el sistema inquisitivo” en nuestro Derecho “no puede entrarse en el momento actual a valorar el fondo del asunto y concluir la inexistencia de delito por cuanto no se ha practicado una mínima actividad instructora, máxime cuando esta conclusión corresponde al órgano de Enjuiciamiento y no al de Instrucción”.

Dicho principio solo decae en “los casos de evidente inexistencia de delito”, por lo que, “siendo discutible este último extremo, procede la práctica de las diligencias propuestas y no cabe acordar el archivo ex ante”.

Este martes, el Movimiento por la Dignidad y la Ciudadanía (MDyC), que fue quien llevó estos mensajes ante la Fiscalía, anunció que ya ha interpuesto un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta por el archivo de la denuncia.

La pasada semana, el Juzgado de Instrucción número 5 de Ceuta decretó el archivo de la causa al entender que las expresiones vertidas en ese grupo de whatsapp "quedan fuera de la tipicidad penal". En su auto, el juez señalaba, entre otras cosas, que "la llamada a la acción militar no es real" y que "no hay peligro para la paz social"

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