La Fiscalía va a pedir la libre absolución del exconsejero de Gobernación de la Ciudad Autónoma de Ceuta Jacob Hachuel en la vista oral del caso de la no inhabilitación de dos policías locales de la UIR (N.C.V. y J.G.M.) que siguieron trabajando pese a haber sido condenados por el Tribunal Supremo por un caso de lesiones con agravante de abuso de superioridad sobre un sexagenario en 2005.
La Audiencia Provincial concluyó en octubre del año pasado que la causa no podía liquidarse sin juzgar si el procesado por un presunto delito de prevaricación había obrado arrastrado por “un despropósito continuado por dejadez”, por “la ignorancia en aspectos administrativos esenciales de la Ciudad” o por “la voluntad deliberada de salvaguardar” a los agentes.
Según el escrito de conclusiones elaborado por el Ministerio Público durante el periodo de estado de alarma, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, Hachuel fue denunciado por un presunto delito de prevaricación por haber dictado, siendo consejero de Presidencia y Gobernación “a sabiendas de su injusticia”, un Decreto el 5 de enero de 2016 en el que ordenó el “sobreseimiento” de un expediente disciplinario incoado, pero “en la instrucción de la causa no ha quedado acreditado que el acusado realizara tal tipo delictivo”.
“Los hechos relatados no integran ningún delito y de los mismos no es responsable ninguna persona”, considera la Fiscalía, que hace un año ya advirtió que desde su punto de vista “no se atisba que el investigado tuviera la conciencia de la arbitrariedad o injusticia de la resolución y que de forma consciente y deliberada se apartara de las ordenaciones legales y normativas que rigen las decisiones o actividades administrativas, sino que su resolución, si bien fue ineficaz, no obedeció a que de forma clara y patente, tal y como exige nuestra jurisprudencia, quisiera eludir sancionar a los policías locales”.
La Audiencia ordenó ir a juicio para aclarar qué movió a Hachuel a cerrar el expediente
La jueza instructora sobreseyó las diligencias alegando que “para considerar cometido un delito de prevaricación es necesario que la autoridad o funcionario público, a sabiendas de su injusticia, dicte una resolución arbitraria en un asunto administrativo, requisito que no se ha probado en el presente procedimiento”.
Sin embargo, la Audiencia admitió el recurso de la acusación particular y estimó que procedía llegar a juicio para determinar si Hachuel “fue realmente consciente” de lo que firmaba o “utilizado por terceros que se han valido de él como un instrumento”, advirtió el auto con el que la Sala de apelación estimó el argumentario de la familia Mizzian contra el sobreseimiento ordenado en abril del año pasado.
“Netamente errónea”
Hachuel archivó hace cuatro años y medio el expediente disciplinario en base a un auto de la propia Audiencia que acordó la “suspensión” de la pena de cárcel y la accesoria de inhabilitación siempre y cuando los dos funcionarios no cometiesen ningún delito durante dos años. El entonces consejero dictó el sobreseimiento pese a que el instructor había concluido que “cualquier condena penal de un funcionario a inhabilitación absoluta o especial, ya sea como pena principal o accesoria”, debía suponer “la pérdida definitiva del cargo que ocupara” pues “constituye una incapacidad para la función pública”.
La jueza instructora archivó al no apreciar actuación “a sabiendas de su injusticia”
La Audiencia apreció que al cerrar el expediente abierto a los policías (en vez de imponer una sanción de separación del servicio u otra de suspensión de funciones entre tres y seis años) se adoptó “una resolución administrativa netamente errónea”. Según subrayó, “no es que se adoptase un acuerdo más o menos acertado en el procedimiento disciplinario incoado, sino que nunca se llegó a analizar siquiera lo que podía ser objeto de infracción, cerrando el paso, además, a cualquier posible sanción tanto por el investigado como por cualquier otro órgano”.
Igualmente puso de relieve que Hachuel “no sólo no ofreció una explicación lógica a su actuación, sino que ni siquiera ha mantenido la misma postura todas las veces que ha declarado”. De hecho, primero argumentó ante la Fiscalía que “no tenía conocimientos jurídicos” ni había leído lo que firmaba; después, ya como investigado, que “había tenido dudas sobre la pena de inhabilitación”; y finalmente, que la competencia correspondía al Área de Recursos Humanos.
Qué poca vergüenza...