El titular del Juzgado de lo Penal Número 2 de Ceuta dejó visto para sentencia un juicio en el que se acusa a la llamada F.O. de un delito de receptación y de falsedad documental. Tras la celebración del juicio y los testimonios de la acusada y los testigos, el Ministerio Fiscal siguió con su escrito inicial de acusación en el que solicitó la pena de 9 meses de prisión por un delito de receptación, más otros 6 meses de cárcel por el delito de falsedad documental. Asimismo una multa de 6 meses a razón de 10 euros diarios. La Defensa, por su parte, pidió la libre absolución de su representado por no quedar acreditado, en este juicio, la responsabilidad en los delitos.
Los hechos a los que se hizo referencia en la vista oral ocurrieron el 30 de septiembre de 2016. Antes del día de los hechos, la acusada explicó que su marido en el año 2013 adquirió un vehículo en un pueblo de Sevilla por unos 3.000 euros. Sobre ese coche, el 1 de junio de 2016, se presentó un denuncia de que se había extraído en la localidad gaditana de San Fernando. Ella afirmó que no sabía nada de esa denuncia y que no conocía al supuesto propietario. Asimismo que la compra la había hecho su marido, pero que lo había realizado todo legalmente, y que en ningún caso alteraron la matrícula.
La acusada visitó nuestra ciudad y supuestamente cruzó a Tánger (Marruecos) para llevar el coche a un taller para arreglar el vehículo porque “salía más barato que en España”. Una vez recogió el coche, hizo unas compras en las nave del Tarajal y cuando iba a pasar el control de la Guardia Civil para embarcar a Algeciras fue detenida por los agentes de la Benemérita.
El agente que testificó afirmó que cuando vio el vehículo se veía a simple vista que tanto la matrícula como el bastidor estaban “manipulados”. Al ver esa situación, echó a un lado a la acusada y tras unas comprobaciones quedaron demostradas sus sospechas. El coche presentaba una denuncia de robo. En ese momento fue cuando el agente detuvo a la acusada.