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El exprofesor del 'San Agustín' condenado seguirá libre salvo sorpresa

Hasta que el segundo fallo del TSJA, recurrible en casación ante el Supremo, sea firme solo un incremento del riesgo de fuga podría justificar un cambio de medidas, según fuentes jurídicas

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado en cinco años la pena inicial de 18 y medio impuesta por la Audiencia Provincial al exprofesor del CC San Agustín que desde junio del año pasado, cuando se conoció el primer fallo condenatorio en su contra, permanece en libertad provisional, situación en la que todas las voces jurídicas consultadas auguran que continuará hasta que el fallo de apelación sea firme.

En segunda instancia se le ha absuelto de un delito de abuso sexual sobre menor de 16 años al apreciar que la víctima ya había cumplido esa edad en el momento de los hechos y que “tampoco se aprecia una falta de consentimiento” por parte del joven al que depilaba y masajeaba, pero se han ratificado tres de elaboración (incluso con menores de 16) y tenencia de pornografía infantil.

Las fuentes especialistas consultadas por este periódico han apuntado que, salvo sorpresa, el condenado seguirá en libertad provisional hasta que el Alto Tribunal estime o no y, en su caso, resuelva sobre un hipotético recurso de casación para convertir en firme el último fallo del TSJA.

El hecho que ya haya dos en su contra podría fundamentar un incremento del riesgo de fuga para que la acusación particular o la Fiscalía reclamasen (o la Audiencia ordenara de oficio) un cambio de medidas que conllevase su inmediato ingreso en prisión.

El hecho de que “siempre” haya cumplido las limitaciones que se le han impuesto juega a favor de que siga en libertad, pues tampoco se le conoce reiteración delictiva. La “alarma social” no es motivo alegable para encarcelarlo.

El TSJA ha ordenado devolver los autos originales a la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz con testimonio de su resolución y, en su caso, de la que pueda dictarse por la Sala Segunda del Tribunal Supremo, con remisión del correspondiente oficio “para ejecución y estricto cumplimiento de lo definitivamente resuelto”.

De momento la defensa del condenado tiene cinco días de plazo a contar desde la última notificación del veredicto para interponer recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Supremo que deberá prepararse ante la Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del TSJA.

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