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Evaluación de riesgos laborales para empleadas de hogar: lo que los empleadores y familias deben saber

Se había concedido un plazo de seis meses para la implementación de este paso, que comenzó a contar a partir de la habilitación de la herramienta digital necesaria

Por Isabel Jiménez
14/11/2025 - 13:44
evaluacion-riesgos-laborales-empleadas-hogar-empleadores-familias-saber
Imagen de archivo

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Todas aquellas familias que tienen contratadas empleadas de hogar bajo el régimen de la Seguridad Social, también en Ceuta, deben cumplir con la obligación legal de contar a partir de este viernes 14 de noviembre con una evaluación de riesgos laborales del puesto de trabajo. 

Se trata de una medida establecida mediante un real decreto con el objetivo de regular la protección de la salud y la seguridad en el ámbito del servicio del hogar familiar. De esta manera, se extiende un derecho de prevención a un colectivo que previamente no lo tenía.

Se recuerda que existía un plazo de seis meses para la implementación de este paso, que comenzó a contar a partir de la habilitación de la herramienta digital necesaria. 

¿Cómo funciona la plataforma Prevención10 ?

La plataforma Prevención10 (www.prevencion10.es) se puso en funcionamiento en mayo de este año, de manera que los empleadores debían haber finalizado la evaluación de riesgos e implementado las medidas preventivas requeridas antes de noviembre.

Lo relativo a la gestión de la evaluación de riesgos laborales se realiza a través de la plataforma Prevención10, con información detallada sobre el empleador, las personas que laboran en el domicilio, además de las tareas específicas que ejecutan. Basándose en estos datos, el sistema realiza la evaluación a través de una serie de preguntas estructuradas en bloques. Si se identifica algún riesgo, la propia plataforma sugiere las mejoras o soluciones necesarias para mitigarlo o eliminarlo.

Una vez finalizado el proceso, se descarga el documento llamado ‘Plan de prevención de riesgos laborales’. Este documento requiere la firma tanto del empleador como de la empleada y debe mantenerse accesible en caso de que lo solicite la Inspección de Trabajo. 

La plataforma también proporciona material informativo y un servicio de atención telefónica gratuito (913634300, de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas) para resolver dudas.

Otro detalle de importancia a tener en cuenta es que entre las responsabilidades específicas de los empleadores se incluye la entrega gratuita a las empleadas de hogar de los equipos de trabajo adecuados para el desempeño correcto de sus funciones, además de la obligación de reponerlos cuando sea necesario.

"Un ataque malicioso" al portal

La web había experimentado problemas de acceso atribuidos en principio a la elevada demanda. Ante esto, el Ministerio de Trabajo aconsejaba a los usuarios intentar acceder más tarde, facilitando también un correo electrónico (prevencion10@insst.mites.gob.es) para consultas.

No obstante, se dio a conocer que el portal había sufrido "un ataque malicioso" dejando fuera de servicio esta herramienta, un día antes de que acabara el plazo para tener formalizados los planes de prevención en el empleo doméstico.

Formación en prevención

Además de la evaluación de riesgos, también hay que recalcar que la ley contempló la formación en prevención y la realización de reconocimientos médicos voluntarios. Sin embargo, estas últimas medidas están condicionadas a que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) desarrolle los cursos correspondientes y a que los reconocimientos se incorporen a la cartera de servicios básicos sanitarios.

De acuerdo con la información dada a conocer por la Agencia de Noticias EFE, esta nueva obligación afecta directamente a las 348.000 mujeres afiliadas al sistema especial de empleadas de hogar en España (donde el 80% tiene más de 40 años y el 69% es de origen extranjero o tiene doble nacionalidad). Aunque han hecho hincapié en que la cifra total del colectivo se estima en unas 463.600 personas, lo que sugiere que alrededor de 115.600 personas no están dadas de alta en la Seguridad Social y, por lo tanto, no se benefician de estos avances.

¿Cuáles son las sanciones?

Sobre el incumplimiento de estas obligaciones, se ha dejado saber que generará sanciones impuestas por la Inspección de Trabajo y que las penalizaciones varían en función de la gravedad: las sanciones leves conllevarán multas de entre 45 y 2.450 euros, mientras que las graves entre entre 2.451 y 49.180 euros.

De acuerdo con lo que se ha explica, este Plan de prevención de riesgos laborales actúa como un contrato de seguridad porque no solo es una firma requerida por ley, sino la hoja de ruta que garantiza que el lugar de trabajo, el hogar, esté tan protegido como cualquier otro, asegurando que las herramientas (equipos adecuados) estén disponibles para la tarea y que ambas partes conozcan los posibles peligros (riesgos detectados).

Tags: Empleo y trabajoSaludSeguridad Social

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Comments 2

  1. Kebdana comentó:
    hace 1 mes

    Las spiderwomen siguen viéndose en los balcones de los que habitualmente vomitan odio y desprecio hacia los trabajadores transfronterizos, y en general, a todos los que somos de origen marroquí.
    Si la inspección física brilla por su ausencia, menos todavía, si queremos con esta herramienta digital, implicar a algunos empleadores "negreros" en pleno siglo XXI, y de dotar con la mayor transparencia y agilidad de esta Plataforma, para que este colectivo de empleadas pueda ejercer plenamente sus derechos laborales en igualdad de condiciones que el resto de las empleadas nacionales con el fin de exigir una evaluación de riesgos laborales, y obligar al empleador a cumplir con las condiciones laborales que exige la normativa europea.

  2. ESPAÑOL comentó:
    hace 1 mes

    La herramienta digital "PREVENCION10" habilitada por el Ministerio y que pertenece al INSST, no funciona desde su implantación. Y respecto a la atención telefónica que tengáis mucha suerte si os cogen el teléfono.

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