Al renovar el carnet de conducir en Ceuta, que generalmente se realiza cada diez años, se deben aprobar varias pruebas, incluyendo un test psicotécnico y un reconocimiento médico, además de abonar una tasa correspondiente a la Dirección General de Tráfico (DGT).
Ambas pruebas mencionadas deben superarse con éxito para que la DGT otorgue la autorización para continuar conduciendo por otro período de diez años en las carreteras de España. Por lo tanto, la DGT ha publicado una lista de enfermedades que no son compatibles con la conducción de vehículos de motor en las carreteras españolas.
Es importante destacar que no todas las enfermedades mencionadas en la lista son automáticamente incompatibles con la conducción, ya que la DGT evaluará cada caso teniendo en cuenta la patología, su gravedad y el tratamiento recibido por la persona.
Se requerirá que el individuo demuestre tener capacidades perceptivas, cognitivas y motoras mínimas para una conducción segura, así como la capacidad de responder y actuar de manera precisa ante situaciones peligrosas en la carretera.
¿Qué enfermedades no te permiten renovar el carnet de conducir?
Esta lista abarca diversas enfermedades que pueden afectar la capacidad de conducción, como enfermedades psiquiátricas, oncológicas, respiratorias, digestivas, vasculares, crónicas, degenerativas, endocrinas, neurológicas y cardíacas; y, por tanto, pueden inhabilitar para la renovación.
1. Enfermedades psiquiátricas
- Delirium, Demencias y Trastornos de ansiedad.
- Trastornos catatónicos, trastornos de la personalidad.
- Ansiedad y Depresión.
- Trastorno del sueño.
- Trastorno obsesivo compulsivo.
- Trastorno del desarrollo intelectual.
- TDH.
- Abuso y dependencia del alcohol.
- Abuso y dependencia de drogas.
2. Enfermedades oncológicas
- Dolencias oncológicas.
- Trastornos oncohematológicos.
3. Enfermedades respiratorias
- Apneas de sueño.
- Disnea permanente en reposo o de esfuerzo leve.
4. Enfermedades digestivas
- Trasplante renal.
- Nefropatía con diálisis.
5. Enfermedades vasculares
- Aneurisma de grandes vasos.
- Disección.
6. Enfermedades crónicas y degenerativas
- Alzheimer.
- Esclerosis lateral amiotrófica.
- Enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
- Temblor esencial.
- Esclerosis múltiple.
- Distrofia muscular.
- Osteoporosis.
- Párkinson.
- Artritis reumatoide.
7. Enfermedades endocrinas
- Hipotiroidismo y paratiroides.
- Diabetes mellitus insulinodependiente.
8. Enfermedades neurológicas
- Accidente isquémico transitorio.
- Crisis o pérdida de conciencia.
- Epilepsia.
9. Enfermedades cardíacas
- Arritmias.
- Infarto agudo de miocardio.
- Portadores de prótesis valvulares.
- Portadores de marcapasos.
- Portadores de desfibrilador automático.
Conducir en tales circunstancias no solo pone en peligro la seguridad vial, sino que conlleva multas severas de la DGT, pudiendo llegar hasta los 6.000 euros. Así que si padeces alguna de estas patologías, echa el freno.
Para los españoles, toda clase de pegas, para los extrangeros ninguna. Un poquito de empatía, no es lo mismo quien coge el coche para desplazarse algún sitio de la Ciudad que un profesional del volante, bueno, en tiempos pasados se decía que los profesinales del volante daban ejemplo, hoy día cualquiera es profesional.
Solo falta por ser politico