El Consejo de Ministros ha aprobado este martes una importante modificación del Reglamento General de Circulación con el objetivo de reforzar la seguridad de los llamados usuarios vulnerables de la vía, una categoría que engloba a peatones, ciclistas, motoristas y conductores de vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos. Una medida que, lógicamente, afecta a los vecinos de Ceuta.
La reforma responde a la transformación experimentada en la movilidad durante las últimas dos décadas, pasando de un modelo centrado en el vehículo y la carretera a otro enfocado en las personas, la seguridad vial y los entornos urbanos más sostenibles.
Por primera vez, la normativa incorpora una definición oficial de “usuario vulnerable de la vía”, entendiendo como tal a quienes, por el medio de transporte que utilizan o por sus características físicas o de edad, presentan un mayor riesgo de sufrir lesiones graves en caso de accidente.
Un reglamento adaptado a la movilidad actual
La modificación incorpora además un nuevo Título VI, dedicado específicamente a las normas de circulación en entornos urbanos, donde se concentra gran parte de la movilidad cotidiana y donde conviven diferentes modos de transporte.
Según el Gobierno, la reforma también contribuye al cumplimiento de varios objetivos de la Agenda 2030 de Naciones Unidas, relacionados con la mejora de la salud, la reducción de emisiones contaminantes, la sostenibilidad urbana y la lucha contra el cambio climático.
Los cambios introducidos se estructuran en seis grandes bloques que afectan a distintos colectivos y situaciones de circulación.
Patinetes: edad mínima, casco y alumbrado obligatorio
Entre las principales novedades para los vehículos de movilidad personal (VMP) destaca la fijación de una edad mínima de 15 años para poder conducirlos.
Además, será obligatorio el uso de casco de protección y de chaleco reflectante durante la noche o en situaciones de escasa visibilidad. En el caso de los profesionales que trabajen con este tipo de vehículos, como repartidores, el chaleco deberá utilizarse en todo momento. El incumplimiento de estas obligaciones supondrá una multa de 200 euros.
Otra de las novedades es la obligación de circular con el alumbrado encendido permanentemente, así como la posibilidad de utilizar determinadas vías segregadas fuera de los núcleos urbanos, como carriles bici o vías ciclistas.
Más protección para los ciclistas
La reforma elimina las excepciones existentes y establece que todos los ciclistas deberán utilizar casco en vías interurbanas.
Los repartidores que trabajen en bicicleta deberán portar de forma obligatoria tanto casco como chaleco reflectante, bajo sanción de 200 euros en caso de incumplimiento.
Asimismo, los conductores que adelanten a un ciclista en carretera deberán reducir su velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite permitido y, en las vías con más de un carril por sentido, realizar el adelantamiento ocupando completamente el carril contiguo.
Nuevas normas para la circulación urbana en bicicleta
En ciudad, los ciclistas pasarán a circular preferentemente por el centro del carril, una medida diseñada para incrementar su visibilidad y seguridad.
Por su parte, los vehículos a motor deberán mantener una distancia mínima de cinco metros respecto a las bicicletas que circulen delante en el mismo carril.
Además, los ayuntamientos podrán autorizar, mediante la correspondiente señalización, la circulación de bicicletas en ambos sentidos en calles de un único carril limitadas a 30 kilómetros por hora o menos.
Guantes obligatorios para motoristas y circulación por el arcén
Los usuarios de motocicletas y ciclomotores deberán utilizar guantes de protección homologados en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía. El incumplimiento de estas obligaciones también será considerado infracción grave y conllevará una sanción de 200 euros.
La normativa permitirá igualmente que las motocicletas circulen por el arcén derecho cuando exista congestión de tráfico, siempre que el tramo esté señalizado y no se superen los 30 kilómetros por hora.
Otra novedad relevante es que los cascos utilizados por conductores y pasajeros de ciclomotores deberán estar homologados, elevando así las exigencias de seguridad.
Fin de algunas exenciones al cinturón de seguridad
La reforma elimina las excepciones que permitían circular sin cinturón a determinados colectivos, entre ellos los conductores de taxi, vehículos de mercancías o vehículos de enseñanza de conducción.
A partir de la entrada en vigor de la norma, todos ellos deberán utilizar el cinturón de seguridad de forma obligatoria.
La única excepción prevista afecta al personal y pasajeros de determinadas ambulancias asistenciales, cuando se encuentren prestando atención sanitaria durante un servicio de urgencia.
Más seguridad en carreteras y situaciones de emergencia
Entre las nuevas medidas para vías interurbanas destaca la obligación de reducir la velocidad y dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros al rebasar vehículos inmovilizados por accidente, avería o trabajos de mantenimiento.
En episodios de nieve que dificulten la circulación en autopistas y autovías, quedará prohibido adelantar y los vehículos deberán circular únicamente por el carril derecho, reservando el izquierdo para servicios de emergencia y quitanieves.
También se regula de forma expresa la creación del denominado “carril de emergencia”, que deberá formarse durante las retenciones para facilitar el paso de ambulancias, policías y otros servicios de intervención.
Caminos escolares seguros y regulación de autocaravanas
La nueva normativa reconoce jurídicamente los caminos escolares seguros, definidos como itinerarios acondicionados para favorecer que los menores puedan desplazarse a sus centros educativos caminando, en transporte público o mediante medios de movilidad no motorizados.
Asimismo, se regula por primera vez la maniobra de estacionamiento de las autocaravanas, que no podrán desplegar elementos que sobresalgan del perímetro del vehículo ni verter fluidos procedentes del habitáculo.
Otra modificación establece que, como norma general, no podrá coincidir la luz verde para peatones con la luz ámbar intermitente destinada a los vehículos en los pasos regulados por semáforos.
Entrada en vigor
El nuevo Reglamento General de Circulación entrará en vigor el 1 de octubre de 2026.
No obstante, las obligaciones relativas al alumbrado permanente de los VMP y al uso de cascos homologados en ciclomotores se retrasarán hasta el 1 de octubre de 2027.
Por su parte, la exigencia de utilizar guantes de protección homologados para motociclistas será efectiva una vez se apruebe la correspondiente orden ministerial que regule sus especificaciones técnicas.






