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Cinco embarcaciones de recreo van camino de su destrucción

El Puerto publica un aviso de declaración de estos barcos, en la explanada de Poniente, como residuos sólidos urbanos

La Autoridad Portuaria de Ceuta prosigue con la limpieza y ordenación de sus instalaciones. El Puerto ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) un anuncio en el que comunica la retirada de cinco embarcaciones de recreo abandonadas que se encuentran en la explanada de Poniente.

Se trata de los barcos Samarita, Archeron, Marilyn Azul, Mi Rubio y Esquitx, todos ellos inmovilizados en la zona de servicio del puerto y que, según la entidad, se encuentran en estado de abandono.

El procedimiento se ha activado tras no poder contactar de forma personal con los propietarios o responsables legales, tal y como establece la ley cuando no se logra la notificación directa. El anuncio, fechado el 11 de agosto de 2025 y firmado por el presidente de la Autoridad Portuaria, Juan Manuel Doncel Doncel, permite a los afectados conocer el expediente y ejercer sus derechos.

Dos tipos de notificaciones

El documento del BOE incluye dos tipos de actos administrativos:

  • Requerimiento de retirada, por el que se concede un plazo de diez días naturales para presentar alegaciones o retirar la embarcación.
  • Resolución de declaración de residuo sólido urbano, que pone fin a la vía administrativa y es de ejecución inmediata.

En el primer caso, los propietarios pueden todavía responder al requerimiento y evitar la declaración como residuo. En el segundo, la resolución es firme y únicamente puede ser recurrida ante los juzgados de lo contencioso-administrativo en un plazo de dos meses.

En el caso de las cinco embarcaciones que ocupan este anuncio del Puerto en el BOE, todas están encuadradas en su declaración como residuo sólido urbano y, por lo tanto, tienen como destino su destrucción.

Normativa aplicable

El procedimiento se ampara en el Real Decreto Legislativo 2/2011, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, así como en la normativa específica del Puerto de Ceuta sobre limpieza y gestión de residuos, aprobada en 2013, y en el Reglamento de Servicios, Policía y Régimen del Puerto de 1976.

Estas normas facultan a la Autoridad Portuaria para actuar contra vehículos o embarcaciones que permanezcan abandonados en la zona de servicio portuaria, considerándolos residuos sólidos urbanos si no son retirados voluntariamente.

Cómo responder a un aviso por las embarcaciones

Los afectados pueden consultar el contenido íntegro de sus expedientes en la Unidad de Gestión de Sanciones del Departamento de Explotación de la Autoridad Portuaria de Ceuta.

Las vías para presentar escritos o recursos incluyen:

  • Sede electrónica: puertodeceuta.sede.gob.es.
  • Registro presencial en la Autoridad Portuaria, en el Muelle de España s/n.
  • Oficinas de Correos o cualquier otro registro previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

En el caso de los requerimientos de retirada (Código 001), el plazo para presentar alegaciones es de diez días naturales desde la publicación en el BOE. Para las resoluciones firmes (Código 002), el plazo para acudir a la vía judicial es de dos meses.

Objetivo: orden y seguridad en el puerto

Con esta actuación, la Autoridad Portuaria busca liberar espacio en la explanada de Poniente y prevenir riesgos. La presencia de embarcaciones en estado de abandono puede suponer un problema tanto por seguridad como por impacto visual y medioambiental, especialmente si existe riesgo de fugas o deterioro estructural.

En caso de no actuar dentro de los plazos, la Autoridad Portuaria podrá ejecutar la retirada de las embarcaciones y tratarlas como residuos sólidos urbanos, repercutiendo los gastos de transporte, almacenamiento o desguace a los propietarios.

La Autoridad Portuaria de Ceuta ha dado un ultimátum a los propietarios de cinco embarcaciones de recreo abandonadas en la explanada de Poniente. Tienen ahora un plazo limitado para alegar, retirar los barcos o, en el caso de resoluciones firmes, acudir a los tribunales. De no hacerlo, la retirada se ejecutará de forma inmediata y con coste a su cargo.

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