La Justicia y las Fuerzas del Orden confirman que, pese a tener prohibida la entrada al país, los condenados emprenden el regreso La escena se repite a menudo en los Juzgados de nuestra ciudad, en los Penales y en la Audiencia, y en ella aparece el juez y el condenado, que acaba de aceptar la pena de prisión que para él solicitaba el Ministerio Fiscal, y una vez dado su beneplácito, se conforma también con la sustitución de cárcel por la expulsión de España por un tiempo estimado de cinco a diez años. Un periodo en el que por ley no puede regresar a España porque de hacerlo, cumpliría de inmediato la pena de prisión a la que había sido condenado en base a la comisión de un delito de quebrantamiento de condena.
Una vez expulsados en esa misma jornada de España, ¿cumplen estos ciudadanos la cláusula de no regresar? "Habitualmente, no", reconocen fuentes de la Justicia ceutí consultadas por 'El Faro' y que desempeñan su labor a diario en la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta y en la Fiscalía.
De tal modo, las fuentes indican que "la causa de que los condenados, (hablamos de los ciudadanos de Marruecos), hagan todo lo posible por regresar a España se debe principalmente a que aunque aquí, en el caso de no ser advertidos por la Policía, vayan a vivir con la amenaza de recaer en prisión y en la mayoría de los casos sin tener un trabajo estable ni una seguridad económica, sí se van a sentir con más medios para subsistir y mayor calidad de vida que en su país".
Por este motivo, los marroquíes expulsados emprenden el camino de regreso, esperando asimismo que no vayan a ser descubiertos por los mecanismos policiales precisos porque, de ocurrir, la Justicia haría prevalecer la pena de prisión sobre ellos.
"El estar en España es tan importante para ellos", explican los profesionales, "que incluso se ha extendido una práctica consistente en cometer en un corto espacio de tiempo más de un delito con la finalidad de tener distintas causas penales abiertas a la misma vez y así evitar a toda costa, llevando la situación hasta el extremo, ser expulsados, circunstancia que le ahorraría tener que emprender la aventura del regreso".
Respecto a la reincidencia en la comisión de delitos, cabe destacar asimismo que el número de personas que se incluye en este apartado ha aumentado en los últimos meses aunque no se tengan datos específicos sobre ello: "Hacer las estadísticas no es competencia nuestra pero sí podemos afirmar que se ha incrementado el número en base a nuestra experiencia diaria, realizando por tanto una valoración empírica".
La manera de obrar de los jueces obedece, como es natural, a lo que recoge el Código Penal Español, en concreto en el artículo 89, que especifica lo siguiente: "Las penas privativas de libertad inferiores a seis años impuestas a un extranjero no residente legalmente en España serán sustituidas en la sentencia por su expulsión del territorio español, salvo que el Juez o Tribunal, previa audiencia del penado, del Ministerio Fiscal y de las partes personadas, de forma motivada, aprecie razones que justifiquen el cumplimiento de la condena en un centro penitenciario en España".
En este punto, las fuentes consultadas explican que "en ciudades como Ceuta, donde se registran más delitos de esta índole, tal vez se encuentren más motivos para intentar decretar prisión en lugar de sustitución del país porque si se decide mandar a una persona a su país de origen, donde regresaría a su casa, que aquí vemos que puede estar a siete kilómetros de Ceuta, sería una manera de que el delito que hubiera cometido, quedara impune".
Los profesionales señalan además que "en Ceuta ha habido reuniones en este sentido y que la manera de actuar es coordinada y va en una misma dirección", aunque precisan que "es un cometido arduo que exige la constante cooperación de todos los organismos e instituciones implicadas, desde el Gobierno hasta el último ciudadano, que puede denunciar casos que conozca y que sean de condenados que regresan sin poder hacerlo, pasando por supuesto por los que trabajamos en Justicia".
Por último, cabe destacar que los marroquíes que, toda vez que han sido expulsados, deciden regresar, violando la Ley, utilizan distintas artimañas para pasar inadvertidos primero en la frontera, que es el escollo que se encuentran de inicio, y posteriormente para desempeñar su vida en territorio español. Entre ellas, están hacerse con documentos de identidad o pasaportes falsos, con datos básicos como el nombre o la fecha de nacimiento modificados, y cambiar de estilo tanto que pudieran hacerse pasar por otra persona incluso a ojos vista de un familiar, todo ello jugadas que se vienen sucediendo en Ceuta en los últimos tiempos y que ocasionan, de algún modo, que las penas impuestas por la comisión de ciertos delitos queden aminoradas o directamente sin vigencia ni sentido alguno.






