E.F. CEUTA
La Consejería de Sanidad ha recordado que maña viernes termina el plazo para que los establecimientos y casetas que vayan a servir comida en la Feria presenten la comunicación previa de inicio de actividad de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente, el Real Decreto 191/2011, que establece las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas.
El modelo puede descargarse en la web de la Ciudad y deberá acompañarse con la fotocopia del CIF, las personas jurídicas, o del DNI o NIE, las personas físicas, y tendrán que entregarlo en cualquiera de las oficinas del Registro General de la Ciudad (Ceuta Center, el Morro o el Príncipe).
Los responsables de los establecimientos de comidas preparadas tienen que garantizar la supervisión y formación de los manipuladores de alimentos con la debida documentación y cumplir las normas sobre vestimenta y aseo, así como las tan elementales de no fumar, comer, masticar chicle, estornudar o toser directamente en los alimentos.
Los alimentos deberán ser adquiridos en establecimientos autorizados de Ceuta y la Península, por lo que habrán de pedir y guardar la factura de cada compra y tener esos papeles disponibles en caso de control oficial, porque les pueden ser solicitados para acreditar que proceden de lugar autorizado.
El almacenamiento de productos, el tratamiento de los congelados, envasados o comidas elaboradas son otros de los temas que aparecen en el documento ‘Requisitos sanitarios de la Feria’, en www.ceuta.es, donde se especifica que entre las comidas no permitidas se encuentra la mayonesa con huevo y cualquier otra preparación que lo contenga (si se trata de tortillas de patata y revueltos, tienen que cocinarse en el momento en que se piden y siempre con el huevo bien cuajado).
Cambiar el aceite de la freidora con frecuencia, lavar las verduras a granel con agua corriente y lejía de uso alimentario en la cantidad indicada por el fabricante, mantener refrigeradas las tartas y pasteles, utilizar cubitos de hielo de máquinas propias o bolsas compradas en establecimientos autorizados y manipularlos con pinzas y no exponer en el mostrador, en contacto con el público, los alimentos son otras de las prescripciones que dicta Sanidad.
A ellas hay que sumar las referidas a la elaboración de platos crudos o poco cocinados de pescados, que previamente tendrán que ser congelados a menos 20 grados durante 24 horas desde que alcancen esa temperatura o, en caso de dudas, durante no menos de tres días.
Otras recomendaciones aluden a cómo limpiar las superficies, cortar los alimentos, qué información se debe indicar en las cartas o cómo deben manipularse los alimentos, así como el equipamiento requerido en las casetas y, dentro de ellas, el espacio reservado para la cocina.