El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha aprobado el proyecto de ley orgánica de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial para la creación de los Tribunales de Instancia, que se configurarán como el órgano de organización colegiada que agrupará, en sus respectivas secciones especializadas, a los jueces de los distintos juzgados existentes en un partido judicial.
Los Tribunales de Instancia sustituirán de manera progresiva a los órganos judiciales unipersonales, tal y como se conocen hasta ahora, para dar paso a una nueva organización que optimizará los recursos humanos y materiales, racionalizará el trabajo y permitirá la asignación de efectivos en función de necesidades concretas.
En la nueva organización, que se acomoda al esquema de la Nueva Oficina Judicial (NOJ), los servicios que originariamente asistían a los distintos juzgados asistirán ahora al conjunto de jueces y magistrados integrados en un Tribunal de Instancia. De este modo, el incremento de jueces podrá producirse con independencia del resto de personal asistente, lo que proporcionará mayor rapidez y evitará costes innecesarios.
Asimismo, se modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial para la creación de los Tribunales de Instancia, habilitándose al Gobierno para que mediante Real Decreto, oído el Consejo General del Poder Judicial y las comunidades autónomas afectadas, pueda proceder a la adecuación de la planta judicial.
Además, se concede un plazo de tres años, desde la entrada en vigor de la ley, para proceder a la constitución e implantación de los nuevos Tribunales de Instancia, lo que deberá producirse de forma escalonada mediante la integración en los mismos de los actuales órganos unipersonales de cada partido judicial.
La creación de los Tribunales de Instancia no supone coste económico, sino al contrario, ya que se ganará en eficiencia y se acortarán los tiempos de espera.





