La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha condenado a dos hermanas por un delito de estafa cometido mediante la aplicación de mensajería Telegram.
Ambas reconocieron los hechos durante la vista oral celebrada por videoconferencia y aceptaron una pena de seis meses de prisión, que quedará suspendida durante dos años siempre que cumplan las condiciones impuestas por la magistrada.
La suspensión de la pena queda condicionada a que no vuelvan a delinquir en ese periodo y al pago de la responsabilidad civil fijada en 2.850 euros, cantidad que deberán abonar de forma solidaria a la víctima.
La resolución judicial pone fin a un procedimiento en el que las acusadas admitieron haber participado indirectamente en una operación fraudulenta.
Según el fallo, las hermanas actuaron como receptoras de dinero transferido por la víctima a través de Bizum y depósitos bancarios, en el marco de una supuesta actividad económica que resultó ser un engaño.
Entre los días 15 y 20 de junio de 2024, terceras personas no identificadas, movidas por un ánimo de enriquecimiento ilícito, contactaron con la víctima a través de Telegram, utilizando un perfil falso.
En el grupo de la aplicación, ofrecían la posibilidad de obtener beneficios rápidos realizando depósitos e ingresos bancarios a ciertos números de teléfono.
Prometían una comisión de 50 euros diarios a quienes colaboraran en estas operaciones financieras. Engañada por la apariencia de legalidad del mensaje, la víctima realizó varias transferencias de dinero a los números de teléfono vinculados a las ahora condenadas.
El día 17 de junio de 2024, la perjudicada transfirió 350 euros, 500 euros, 300 euros y otros 500 euros, todas las operaciones dirigidas a cuentas asociadas a las acusadas. La confianza en el falso negocio la llevó a seguir entregando más dinero los días siguientes.
Además de las transferencias por Bizum, la víctima efectuó ingresos en efectivo en cajero: 700 euros el 17 de junio y 500 euros el 18 de junio de 2024, completando así una cantidad total de 2.850 euros defraudados.
Cuando comprobó que no recibía los beneficios prometidos, la afectada denunció los hechos y reclamó la indemnización correspondiente por los daños y perjuicios sufridos.
La magistrada titular consideró acreditado que las acusadas se beneficiaron económicamente del fraude, aunque no fueran las autoras intelectuales del engaño, dictando una sentencia condenatoria con pena de prisión suspendida y obligación de restituir la cantidad estafada.
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