La Audiencia Nacional ha condenado a 2 años de prisión a Hamido Hamido Mohamed, detenido en 2014 en el barrio del Príncipe de Ceuta, por publicar en varias redes sociales medio millar de vídeos y hasta mil audios alabando el terrorismo y a sus líderes.
La Fiscalía pedía 5 años de prisión para este español por un delito de colaboración con organización terrorista en su modalidad de captación, pero finalmente la sección primera de la Audiencia Nacional considera que solo se le puede atribuir un delito de enaltecimiento del terrorismo y le aplica por ello una pena menor.
Según la sentencia, el acusado, que tiene una causa pendiente en Ceuta por tenencia de armas y delito de drogas, publicó fotos, vídeos y música en sus diversos perfiles en los que presentaba a los grupos yihadistas más violentos, especialmente el Dáesh, y a sus dirigentes "como si se tratase de héroes".
En concreto, publicó imágenes, alabanzas y otros comentarios enaltecedores de líderes terroristas como Osaba Bin Laden y en el aniversario del atentado contra las Torres Gemelas de Nueva York, el 11 de septiembre de 2013, colgó mucho material relacionado con el atentado como fotos de sus autores.
Publicó también imágenes de atentados terroristas en Siria e Irak por parte del Estado Islámico, decapitaciones, cánticos yihadistas y fotografías de "mártires", así como comentarios sobre Estados Unidos como "Que Allah maldiga América, una maldición eterna, pido a Allah que no me muera antes de ver a América viviendo las peores desgracias".
Otras de sus frases en las redes fueron: "Un cyber muyahidin: la mayoría de nosotros luchamos tras el ordenador... pronto, si Dios quiere, lucharemos en la tierra de la yihad. Que Allah nos llame para luchar para su causa"
En el juicio, el acusado afirmó que no es practicante, que no visita la mezquita y que no le gusta "esa gente", en referencia a los yihadistas, al tiempo que atribuyó a su "ciberadicción" el abundante material yihadista -549 vídeos con comentarios y más de mil audios- incautado en su ordenador.
Sin embargo, la sala cree que el contenido del material "no da lugar a dudas", que "es muy abundante" y que demuestra que el sentenciado "desplegaba en las redes una actividad incesante" promoviendo el terrorismo.