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Celebra la reciente sentencia del TSJ de Madrid, que al igual que las dictadas por el TSJ de Andalucía, reconoce el derecho de los demandantes de asilo a trasladarse a la península
El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, ha reiterado que los solicitantes de asilo tienen derecho a circular por todo el territorio español a raíz de un caso en el que las autoridades policiales no autorizaban el traslado a la península de un demandante de protección internacional, residente en el CETI de Ceuta.
Este criterio, que la Institución ya reflejó en una recomendación formulada en 2013, coincide con la reciente sentencia dictada por Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid y con las dictadas por el TSJ de Andalucía que reconocen el derecho de los demandantes de asilo a trasladarse a la península.
Recientemente, el Defensor del Pueblo ha recomendado a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras que imparta instrucciones para que se autoricen los traslados de solicitantes de asilo desde los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Ceuta y Melilla a la península.
Estos traslados han sido propuestos por la Secretaría General de Inmigración y Emigración, a instancia del personal de los CETI. En opinión del Defensor y conforme a lo establecido en la Directiva de Acogida, esta Secretaría General es el departamento competente para determinar las necesidades de acogida de los solicitantes de asilo y por ello las autoridades policiales no deben impedir estos traslados salvo que existan motivos de seguridad.
El Defensor del Pueblo también ha recordado que la propia Secretaría General de Inmigración y Emigración ha manifestado que los CETI no son recursos de atención para los solicitantes de asilo, a diferencia de los Centros de Asilo y Refugio (CAR). Por ello, la Institución insiste en que se debe dar prioridad al traslado a la península de los solicitantes de protección internacional residentes en los CETI.