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La defensa de Deu apela a razones de forma y de fondo ante las puertas de su juicio

El relativamente sorprendente auto de apertura de juicio oral dictado por la titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Ceuta en la causa que se sigue con Mabel Deu y Salvadora Mateos como procesadas por un presunto delito de prevaricación continuada en la expulsión de 55 niños migrantes solos marroquíes al margen de lo previsto en la Ley de Extranjería sin esperar al pronunciamiento de la Audiencia (esos recursos no son suspensivos) ha llevado a la defensa de la vicepresidenta primera del Gobierno de Ceuta a plantear argumentos de fondo y también de forma para defender su inocencia.
En el escrito de la representación letrada de Deu, que no va en la lista del PP a los comicios del próximo 28M, se alega que la Fiscalía la ha pasado “de cooperadora necesaria a autora [del delito que se le atribuye], sin alterar el relato de hechos que sostiene desde el mismo momento de la denuncia que dio origen a estas actuaciones, también en contradicción con el auto de Procedimiento abreviado de 25 de noviembre de 2022 no impugnado de contrario pese a que incide en la imputación de Deu como ‘cooperadora necesaria’, no como autora, sin que ninguna acusación haya procedido a su preceptiva impugnación”.
Para los abogados de la también consejera de Presidencia, “al no ser responsable de delito, no cabe apreciar circunstancias modificativas de la responsabilidad penal”, por lo que debería ser absuelta.

Su defensa sigue alegando que su actuación con los niños no debería haber llegado al ámbito penal

A la espera de que la Audiencia Provincial delibere, la próxima semana, sobre los recursos presentados por Deu y Mateos contra su procesamiento, la defensa de la primera sigue teniendo claro que en agosto de 2021 “no se produjo repatriación alguna, sino la entrega de menores, ‘retorno asistido’ lo denomina el acuerdo internacional, por parte del Estado español al marroquí, ambos signatarios de la Convención de Derechos del Niño, acto que se produce íntegramente en territorio español, es decir, de forma indistinguible a las ‘reagrupaciones familiares’ sobre las que ningún reproche legal se ha planteado, de forma que España no decide u ordena la repatriación estricto sensu, sino, en base a un acuerdo internacional normativo que forma parte del ordenamiento jurídico interno, previo acuerdo entre las partes al más alto nivel como es lógico suponer”.
Desde su punto de vista, la expulsión de menores del país vecino se hizo “con la plena convicción no solo legal sino material y real de que los derechos de estos menores no son de inferior rango a los propios e internos por cuanto ambos Estados son signatarios de los mismos Tratados internacionales de protección de la infancia”.

Inhabilitación política

La Fiscalía ve las cosas de una forma distinta y por ello solicita que Mateos y Deu sean apartadas durante 12 años de la política como cargos electos o de designación, una pena casi testimonial en su contexto, y perder “los honores asociados” a lo que han sido.
La acusación pública ve probado que tras la crisis migratoria de mayo de 2021, cuando “se produjo la entrada masiva e irregular en Ceuta de alrededor de 15.000 inmigrantes de los cuales unos 1.200 dijeron ser menores y fueron filiados como tales”, la vicepresidenta de Ceuta emprendió “diversas actuaciones” para agilizar la repatriación “por la vía de hecho” de los niños.
“Mantuvo numerosas reuniones y contactos con la delegada del Gobierno y decidieron de común acuerdo practicar la devolución sin seguir el procedimiento establecido y, en consecuencia, sin verificar la concurrencia de los presupuestos legales que así lo permitieran”, entiende la Fiscalía, que opina que buscaron amparo en un Acuerdo entre España y Marruecos de 2007 que nunca se había implementado para “eludir las responsabilidades administrativas y penales en que eran perfectamente conscientes que iban a incurrir”.

Oídos sordos a las advertencias de Palomo y otros

A juicio de la Fiscalía tanto Deu como Mateos fueron “perfectamente conocedoras de su ilícito proceder”, y no solo porque la jefa de Menores, Toñi Palomo, o SAMU les advirtieron expresamente verbalmente y por escrito. El propio Acuerdo de 2007 exige “observancia estricta” tanto de la legislación española como de la internacional y de la Convención de los Derechos del Niño. A pesar de ello habrían obrado obviando vulnerabilidades detectadas en Marruecos.

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