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Si cobras el paro no tendrás que hacer la Declaración de la Renta en 2025

El Gobierno rectifica y no exigirá la Declaración de la Renta a los perceptores de desempleo este año, pero sí en 2026

Por Mery Pavón
14/03/2025 - 18:37
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El Gobierno ha decidido finalmente no obligar a los perceptores de la prestación por desempleo a presentar la Declaración de la Renta correspondiente al año 2024. Esta obligación, que afectaba a los allegados de Ceuta y debía cumplirse este año, se ha aplazado hasta 2026.

El cambio de decisión se ha confirmado a través de fuentes gubernamentales y se especifica en una instrucción publicada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Este cambio de criterio se basa en que la norma que exige la declaración entra en vigor el 1 de noviembre de 2024. Por lo tanto, los primeros diez meses de ese año no estarán sujetos a esta obligación, ya que no se habría percibido prestación por desempleo en ese período.

¿Qué implica esta rectificación?

En lugar de exigir la declaración en 2025, el Gobierno ha decidido que los perceptores de la prestación por desempleo no tendrán que presentarla este año. Esto significa que, por el momento, no habrá sanciones ni consecuencias si no se presenta la declaración de la renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2024.

La nueva obligación de presentar la Declaración de la Renta se aplaza hasta 2026. A partir de ese año, los beneficiarios de la prestación por desempleo deberán presentar la declaración, independientemente de que cumplan con el umbral mínimo de ingresos establecidos hasta ahora.

Cambios en la reforma del subsidio por desempleo

Este aplazamiento forma parte de los cambios introducidos por el Real Decreto-ley 21/2024, aprobado en mayo. Este decreto busca simplificar y mejorar la protección por desempleo. En él se acordaron varias medidas con los sindicatos CCOO y UGT, como el aumento del subsidio por desempleo y la ampliación del colectivo de beneficiarios.

La reforma también permitirá que los trabajadores desempleados puedan compatibilizar el cobro de la prestación por desempleo con un salario. Todo esto tiene como objetivo mejorar las condiciones de los trabajadores en paro y facilitar su transición al mercado laboral.

Durante la tramitación de esta reforma, el Gobierno decidió incorporar la obligación de que los perceptores de la prestación por desempleo presentaran la declaración del IRPF anualmente. Esta norma debía entrar en vigor con la campaña de la renta de 2025, pero debido a las circunstancias, su aplicación se ha pospuesto a 2026.

¿Quiénes no tendrán que declarar en 2025?

Hasta el próximo año, los parados que reciban la prestación por desempleo no estarán obligados a presentar la declaración de la renta si sus ingresos anuales no superan los 22.000 euros. Este umbral es el mismo que para los asalariados que no tengan varios pagadores.

Si un perceptor de paro tiene dos o más pagadores y uno de ellos ha abonado más de 1.500 euros mensuales, el umbral se reduce a 15.000 euros anuales. Si sus ingresos están por debajo de estas cifras, no tendrán que presentar la declaración.

Excepciones a la regla

Como en años anteriores, habrá personas que sí estarán obligadas a declarar, independientemente de su nivel de ingresos. Este es el caso de los autónomos, quienes deben presentar la declaración sin importar cuánto ganen. También deben declarar los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Por otro lado, el umbral de ingresos para la declaración de la renta ha cambiado en este 2024. En la campaña de la renta de este año, aquellos que perciban rentas del trabajo por debajo de los 15.876 euros, sin importar el número de pagadores, también estarán obligados a presentar la declaración. Esto se alinea con la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) para 2024.

Reducción por rendimientos del trabajo

Otro cambio importante que afecta a la declaración de la renta de este año es la reducción por rendimientos del trabajo. Aquellos contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 19.747,5 euros podrán beneficiarse de una reducción fiscal máxima de 7.302 euros. Esta cifra es mayor que los 6.498 euros que se podían reducir en la declaración de 2023.

Este ajuste en la reducción fiscal se produce en paralelo con la subida del salario mínimo interprofesional, lo que beneficiará a más trabajadores. Los cambios también buscan aliviar la carga fiscal de aquellos que tienen ingresos más bajos, mejorando su situación económica.

Tags: Ayudas becas y subvencionesImpuestosParoRentaServicio Público de Empleo Estatal (SEPE)

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