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Custodia compartida para un padre que llevaba 70 días sin ver a su hija

El número 5 establece un procedimiento especial de guarda respecto de una niña de menos de dos años

Por E.F.
16/11/2021 - 08:30
juzgados
Imagen de archivo

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El Juzgado de instrucción número 5 de Ceuta ha dictado sentencia en un procedimiento especial de guarda y custodia estableciendo una custodia compartida progresiva en el caso de una pareja que tiene en común una hija de menos de 2 años, a la que su padre llevaba ya más de 70 días sin poder ver. En sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso este periódico, se recoge cómo en cuanto a la guarda y custodia, la madre la reclamaba para sí en exclusiva argumentando que la menor es aún lactante, sin descartar en el futuro una compartida. Mientras, el padre pedía una compartida progresiva empezando con días intersemanales sin pernocta y fines de semana con pernocta hasta septiembre de 2022, cuando ya se aplicaría una compartida real con periodos por semanas.

La jurisprudencia recoge el régimen de guarda y custodia compartida como lo deseable en beneficio del interés del propio menor, al objeto de que pueda disfrutar de los padres así como que se fomente su integración con ambos progenitores. En sentencia, el magistrado echa mano de sentencias de instancias superiores para recalcar, por ejemplo, cómo el hecho de que un menor sea lactante no es obstáculo para el establecimiento de la guarda compartida. Acuerda fijar una con carácter gradual, cumpliendo una serie de especificidades de acuerdo a semanas y fechas especiales.

Establece el magistrado periodos en los que la menor puede estar con su padre entre semana y fines de semana hasta septiembre de 2022, existiendo excepciones para fiestas como las de Navidad, Semana Santa o verano en las que se establecen periodos largos de estancia de la menor al objeto de que puedan disfrutar ambos padres de la misma sin discriminaciones.

A partir de septiembre de 2022, el magistrado recoge que la guarda y custodia de ambos progenitores sea ya por periodos de alternancia semanal. La patria potestad queda por tanto compartida por ambos fijándose una guarda y custodia común para ambos que, deja constancia el magistrado, comenzará con el padre “toda vez que lleva 71 días sin estar con su hija”.

Tags: JuiciosJuzgadosMinisterio de Justicia

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Comments 3

  1. Leno comentó:
    hace 4 años

    Y la gente todavía sigue cometiendo el error de hacer un contrato y tener hijos Y si se tienen y no hay acuerdo entre el progenitor a y la progenitora b sobre la custodia, esta debe darse a la antigua ministra educación Celaa que dijo que los hijos son del Estado.

  2. Lupe comentó:
    hace 4 años

    ¿70 dias sin ver a su hija de 2 años? lo que no se aclara es lo que ha hecho el padre para que le priven de ver a su hija, lo mismo es pobre y no puede mantenerla y vive debajo de un puente, o quizas sea un delincuente, o peor aun un mal padre o maltratador. Y si no es ninguna de las anteriores ¿quien le devuelve a ese padre los 70 dias perdidos?

  3. Otro más comentó:
    hace 4 años

    Creo que los animales son mas inteligentes que los humanos, hay personas que por hacer daño destrozan a unas criaturas. Quien defiende los derechos de los niños? Quien vigila la alimentación, el bienestar la educación y demás factores inherentes a la formación de un niño?.

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