EFE
Tras la aprobación, el pasado 6 de mayo, del proyecto de ley para la reducción de la jornada laboral máxima legar a 37,5 horas semanales, sin reducción salarial, por parte del Consejo de Ministros, muchos trabajadores de Ceuta se preguntan cómo les afectará esta nueva medida.
En el borrador de esta nueva normativa aparece que ningún trabajador podrá superar el nuevo máximo legal de horas semanales, y de tener que hacerlo, estas horas de más comenzarán a contar como horas extras.
Es por ello que, si continúan con la jornada de 40 horas semanales, estas horas extra derivadas de la entrada del nuevo modelo legislativo en referencia al horario laboral, podrían traducirse en hasta 12 días más de descanso o vacaciones al año.
Este se trata de un aspecto a tener muy en cuenta por parte de las empresas si optan por no llevar a cabo una reducción de jornada de manera inmediata una vez entre la medida en vigor.
Según explicó Díaz durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros el pasado 6 de mayo, la medida beneficiará directamente a 12,5 millones de personas asalariadas. De ellas, 10'5 millones trabajan a tiempo completo y algo más de dos millones a tiempo parcial. Por sexos, el impacto será de 6'8 millones de hombres y 5'7 millones de mujeres.
Los colectivos más beneficiados serán aquellos trabajadores que no están cubiertos por convenios colectivos, y que hasta ahora venían realizando jornadas de 40 horas semanales, como en sectores como la hostelería, el comercio, la agricultura o los servicios. Además, se espera un mayor impacto en comunidades como Andalucía, Madrid y Cataluña.
“Hoy modernizamos las empresas españolas, modernizamos el mundo del trabajo y ayudamos a que la gente sea un poco más feliz (...) El Gobierno de España es un Gobierno que sabe muy bien a quién representa, es el Gobierno de los trabajadores en nuestro país. Hoy hemos aprobado definitivamente una norma que cambia la vida de la gente”, subrayó la vicepresidenta.
El proyecto de ley aprobado también introduce un endurecimiento de las sanciones para aquellas empresas que incumplan las nuevas disposiciones sobre jornada o registro horario. Las infracciones podrán acarrear multas de hasta 10.000 euros por cada trabajador afectado, frente a los 7.500 euros máximos actuales.
Las sanciones estarán tipificadas como graves y se graduarán en tres niveles: de 1.000 a 2.000 euros en su grado mínimo, de 2.001 a 5.000 en el medio y de 5.001 a 10.000 euros en el máximo. Se aplicarán por incumplimientos relativos a la jornada, trabajo nocturno, horas extraordinarias, descansos, vacaciones, permisos o desconexión digital, entre otros.
Más allá de la rebaja horaria, desde el Ministerio de Trabajo se destaca la importancia del nuevo sistema de registro horario, que deberá implementarse en un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley. Este sistema será digital, interoperable y permitirá a la Inspección de Trabajo conocer en tiempo real la jornada realizada por cada persona trabajadora.
El registro tendrá que ser realizado de forma personal e inmediata por el trabajador, tanto al inicio como al final de su jornada, sin posibilidad de manipulación por parte de la empresa. Además, deberá identificar inequívocamente a quien realiza el registro, presentarse en un formato accesible y mantenerse archivado durante cuatro años.
A esto se suma un derecho irrenunciable a la desconexión digital por parte del trabajador, que garantiza que ningún empleado tenga que responder a correos electrónicos o llamadas fuera de su horario laboral.
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