El nuevo real decreto que reforma el copago farmacéutico ha entrado en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y cambia la aportación que los trabajadores de Ceuta realizan en la adquisición de medicinas.
La medida, aprobada por el Consejo de Ministros, modifica el sistema de aportación de los usuarios en la prestación farmacéutica con el objetivo de hacerla más progresiva y adaptada a la renta de cada ciudadano.
La reforma incorpora nuevos tramos de aportación, introduce límites mensuales para determinados colectivos y modifica también el sistema aplicable a los pensionistas. El Ejecutivo asegura que el cambio busca “reforzar la equidad” y corregir algunas de las desigualdades detectadas en el modelo vigente.
Uno de los cambios más relevantes es que las personas activas y sus beneficiarios pasan de tener tres tramos de renta a contar con seis niveles distintos de aportación. Además, por primera vez se fijan topes mensuales para quienes tengan ingresos inferiores a 35.000 euros anuales.
Con la nueva normativa, quienes tengan rentas inferiores a 9.000 euros seguirán pagando el 40% del precio de los medicamentos, aunque con un límite máximo de 8,23 euros al mes. Para las personas con ingresos entre 9.000 y 17.999 euros se mantiene también el 40% de copago, pero con un tope mensual de 18,52 euros.
En el caso de las rentas comprendidas entre 18.000 y 34.999 euros, el porcentaje de aportación sube al 45%, estableciéndose un límite mensual de 61,75 euros.
A partir de 35.000 euros anuales continúan vigentes los porcentajes ya existentes: 45% para rentas entre 35.000 y 59.999 euros, 50% para ingresos de entre 60.000 y 99.999 euros y 60% para quienes superen los 100.000 euros anuales. En estos tres últimos casos no habrá límite mensual de gasto.
Hasta ahora, las personas con ingresos inferiores a 18.000 euros pagaban el 40% del precio de los medicamentos. Los ciudadanos con rentas entre 18.000 y 99.999 euros asumían el 50% del coste, mientras que quienes superaban los 100.000 euros abonaban el 60%.
El sistema anterior no contemplaba límites mensuales para la población activa, algo que afectaba especialmente a pacientes con tratamientos prolongados o situaciones de polimedicación.
La reforma también introduce modificaciones en el sistema aplicable a los pensionistas y sus beneficiarios. En este caso, se pasa de tres a cuatro tramos de renta.
Los pensionistas con ingresos inferiores a 18.000 euros seguirán abonando el 10% del precio de los medicamentos con un límite mensual de 8,23 euros. Además, se crea un nuevo tramo para quienes tengan ingresos entre 18.000 y 59.999 euros: mantendrán el 10% de copago, aunque el límite mensual se reduce hasta 13,37 euros.
Para las rentas entre 60.000 y 99.999 euros también se mantiene el 10%, con un máximo mensual de 18,52 euros. Por encima de 100.000 euros anuales se aplicará un 60% de copago con un límite de 61,75 euros al mes.
El decreto también incorpora la exención automática para los complementos por mínimos con el objetivo de evitar que la revalorización de las pensiones afecte a estas ayudas.
Según explica el Ejecutivo, la reforma pretende garantizar que la situación económica de los pacientes no se convierta en un obstáculo para seguir los tratamientos médicos.
Desde el Gobierno consideran necesario adaptar el actual modelo de copago farmacéutico al contexto económico actual, marcado por el incremento del coste de vida y la incertidumbre económica internacional.
La reforma, impulsada conjuntamente por los ministerios de Sanidad y Hacienda, busca proteger especialmente a los pacientes crónicos y a las personas con rentas bajas o medias que, pese a no estar exentas del pago, afrontaban un gasto elevado en medicamentos.
En este sentido, García ha señalado que uno de los principales problemas detectados era la falta de adherencia terapéutica entre algunos pacientes con menos recursos.
Según explicó, existían casos de trabajadores activos con rentas bajas que no podían asumir el coste de determinados tratamientos prolongados o crónicos, lo que terminaba afectando a su salud.
Diversos análisis técnicos elaborados por el Comité Asesor de la Prestación Farmacéutica también apuntan que determinados niveles de aportación pueden provocar interrupciones o reducciones de tratamientos por motivos económicos.
La reforma mantiene además las exenciones ya existentes para colectivos considerados vulnerables.
Entre ellos se encuentran las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital, quienes perciben pensiones no contributivas, personas desempleadas sin prestación, menores con discapacidad reconocida o afectados por accidentes laborales y enfermedades profesionales.
Asimismo, el nuevo texto incorpora expresamente la exención para las personas beneficiarias del complemento de ayuda para la infancia.
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