El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha dictado una sentencia condenatoria contra dos individuos, acusados de un delito de lesiones cometido durante la pasada Feria de agosto.
Los hechos, de especial gravedad, tuvieron lugar en la madrugada del 5 de agosto, en pleno recinto ferial, cuando ambos acusados agredieron de forma violenta a una mujer.
Los procesados, identificados como M.A.M. y N.H.V., reconocieron su participación en los hechos, lo que permitió una resolución por conformidad, es decir, una aceptación de los cargos y de las penas pactadas con la Fiscalía.
Este procedimiento evitó la celebración de un juicio ordinario, acelerando la resolución judicial.
Penas de prisión y órdenes de alejamiento
Como resultado de esta conformidad, M.A.M. aceptó una pena de 9 meses de prisión, además de una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima por un período de 1 año y 9 meses.
Por su parte, N.H.V. asumió una condena de 6 meses de prisión y una orden de alejamiento idéntica en su naturaleza, aunque de duración ligeramente inferior: 1 año y 6 meses.
Ambos condenados han sido también obligados a indemnizar conjunta y solidariamente a la víctima con una suma de 9.500 euros, desglosados en 8.000 euros por las lesiones sufridas y 1.500 euros por las secuelas permanentes que estas provocaron. Esta responsabilidad civil es una condición clave para la suspensión de la pena.
Suspensión de la pena bajo condiciones
La ejecución de la pena privativa de libertad ha quedado suspendida durante un periodo de dos años, siempre que los condenados no vuelvan a delinquir en ese tiempo y cumplan con el pago íntegro de la indemnización. El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones podría reactivar el cumplimiento efectivo de la condena en prisión.
Este tipo de suspensión está regulado en el Código Penal y se aplica cuando el penado no tiene antecedentes o cuando el delito, pese a su gravedad, permite una oportunidad de reinserción fuera del entorno penitenciario.
Una agresión violenta y premeditada
Los hechos se desarrollaron en un ambiente festivo, pero el incidente tuvo una violencia inusitada. Según los hechos probados, los acusados iniciaron una discusión con la víctima, motivada por problemas previos con ella. Fue entonces cuando, actuando de forma conjunta y planificada, decidieron agredirla con puñetazos, patadas y golpes en diversas partes del cuerpo.
La agresión culminó cuando M.A.M., en un acto de mayor agresividad, le asestó un fuerte puñetazo en la cara, que hizo que la víctima perdiera el conocimiento y cayera al suelo. La caída le provocó una fractura mandibular grave. El ataque fue tan contundente que requirió intervención médica quirúrgica urgente.
Consecuencias médicas de la agresión
Como consecuencia directa de la agresión, la víctima sufrió una fractura parasinfisaria derecha y otra en el ángulo mandibular izquierdo. Las lesiones precisaron de una intervención compleja, incluyendo reducción de fractura, osteosíntesis y extracción dental (piezas 11 y 36), así como ingreso hospitalario durante 4 días.
El proceso de recuperación se prolongó durante 96 días, con 52 días considerados impeditivos (es decir, con limitación total de sus actividades cotidianas) y otros 40 no impeditivos. Como secuela permanente, la víctima conserva material quirúrgico de osteosíntesis en la mandíbula, valorado con un punto de perjuicio anatómico.
El acuerdo previo entre la Defensa, la Acusación Particular y la representante del Ministerio Fiscal evitó la celebración de la vista oral que estaba fijada para este jueves en la sala de lo Penal número 2 de nuestra ciudad.
Además, ese acuerdo le sirvió para una importante reducción de la pena, ya que en un principio el Ministerio Fiscal solicitaba la pena de hasta 2 años de prisión para cada uno de los acusados.
Interesante, gracias.